Leyes de Tennessee sobre juegos benéficos

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§ 3-17-101. Título abreviado

Este capítulo se conocerá y podrá citarse como "Ley de aplicación de juegos benéficos de Tennessee".

§ 3-17-102. Definiciones

Tal como se utiliza en este capítulo, a menos que el contexto exija lo contrario:

(1) Una "organización 501(c)(3)" es una entidad exenta del impuesto federal sobre la renta en virtud del artículo 501(a) del Código de Impuestos Internos, codificado en el título 26 del Código de los Estados Unidos, como organización descrita en el artículo 501(c)(3) del Código de Impuestos Internos, codificado en el título 26 del Código de los Estados Unidos. ß 501(c)(3), y, a los efectos limitados de este capítulo
(A) Ha tenido una existencia continua y activa en este estado durante los cinco (5) años inmediatamente anteriores a la fecha del evento que figura en una solicitud de evento anual como organización exenta del impuesto federal sobre la renta en virtud del ß 501(a) del Código de Rentas Internas como organización descrita en el ß 501(c)(3) del Código de Rentas Internas;
(B) Ha tenido una existencia continua y activa en este Estado durante los cinco (5) años inmediatamente anteriores a la fecha del evento que figura en una solicitud de evento anual como organización exenta de tributación federal en virtud del ß 501(a) del Código de Rentas Internas como organización descrita en cualquier subdivisión del ß 501(c) del Código de Rentas Internas, pero, antes de la presentación de una solicitud de evento anual, ha recibido la exención de tributación federal como organización descrita en el ß 501(c)(3) del Código de Rentas Internas;
(C) Lleva realizando un evento de pesca en beneficio de la juventud durante al menos diez (10) años consecutivos en el condado en el que solicita celebrar un evento anual, pero, antes de presentar una solicitud de evento anual, ha recibido la exención de impuestos federales como organización descrita en el ß 501(c)(3) del Código de Rentas Internas; o
(D) Ha estado operando durante al menos cuatro (4) años en este estado como parte de una organización exenta de impuestos federales como organización descrita en ß 501(c)(3) del Código de Rentas Internas, pero, antes de la presentación de una solicitud de evento anual, ha recibido por separado la exención de impuestos federales como organización descrita en ß 501(c)(3) del Código de Rentas Internas;

(2) "Evento anual" significa un evento:
(A) Autorizado por dos tercios de los votos de todos los miembros electos de cada cámara de la asamblea general;
(B) Operado en beneficio de una organización 501(c)(3) ubicada en Tennessee;
(C) Realizado con un solo tipo de juego de lotería;
(D) Realizado en una fecha de evento; y
(E) Realizado en un lugar dentro de un condado donde la organización mantiene una presencia física o en un condado contiguo a un condado donde la organización mantiene una presencia física;

(3) "Solicitud de evento anual" significa la solicitud presentada al secretario de estado para celebrar un evento anual;

(4) "Fecha del evento" significa el día de un evento anual. A efectos de esta subdivisión (4), por "día" se entiende un periodo de veinticuatro horas que comienza a las doce en punto (12:00) de la medianoche y termina a las once y cincuenta y nueve post meridiem (11:59 p.m.);

(5) "Contabilidad financiera" significa un informe de los fondos recaudados y gastados para el evento anual que se presenta tras la finalización de un evento anual;

(6) "Persona" significa cualquier individuo, organización, fideicomiso, fundación, grupo, asociación, sociedad colectiva, sociedad de responsabilidad limitada, corporación, sociedad, o cualquier combinación de ellos, o cualquier otra entidad;

(7) "Secretario" significa el secretario de estado o el representante autorizado del secretario de estado; y

(8) (A) "Tipo de juego de lotería" significa un juego de azar jugado por cualquier persona de dieciocho (18) años de edad o más, incluyendo rifas, rifas inversas, "cakewalks" y ruedas de pastel, pero prohibiendo expresamente boletos de lotería con lengüeta, "punchboards", bingo, bingo instantáneo, video lotería, juegos de lotería instantánea y en línea de un tipo operado por la corporación de lotería de educación de Tennessee, keno y juegos de azar asociados con casinos incluyendo, pero no limitado a, máquinas de slots, ruletas y similares;

(i) A efectos de esta subdivisión (8), "bingo" significa un juego de azar específico en el que los participantes utilizan cartones u hojas de papel divididos en espacios horizontales y verticales, cada uno de los cuales está designado por una letra y un número, y los premios se conceden en función de que las letras y los números del cartón se ajusten a una configuración predeterminada y preanunciada de letras y números seleccionados al azar;

(ii) A los efectos de esta subdivisión (8), "cakewalks" y rueda de pastel significan un juego de azar en el que un participante está obligado a hacer una apuesta para seleccionar, o para recibir, un premio con el ganador determinado por selección aleatoria a través de caminar a la música, el espacio de color, una rueda giratoria, sorteo o cualquier combinación de los mismos;

(iii) A los efectos de esta subdivisión (8), "rifas" y "rifas inversas" significan un juego de azar en el que un participante está obligado a comprar un boleto, acción, oportunidad o registro similar para tener la oportunidad de ganar un premio, con el ganador que se determinará por sorteo al azar;

(iv) A los efectos de esta subdivisión (8), "video lotería" significa una lotería que permite que un juego sea jugado utilizando una computadora electrónica y un dispositivo terminal interactivo, equipado con una pantalla de video y teclas, un teclado u otro equipo que permite la entrada por un jugador individual, en el que el jugador inserta monedas o moneda como contraprestación para que el juego esté disponible, y a través del cual el dispositivo terminal, el jugador puede recibir juegos gratis o un vale que puede ser canjeado por un premio en efectivo o no en efectivo, o nada, determinado total o predominantemente por el azar;

(B) Se prohíbe cualquier tipo de juego de lotería no autorizado expresamente en esta subdivisión (8).

§ 3-17-103. Actos anuales; solicitudes; frecuencia; actos conjuntos; recaudación; lista ómnibus; autorización; contabilidad financiera.

(a)(1)(A) Una organización 501(c)(3) que busque operar un evento anual para beneficio de dicha organización ubicada en este estado deberá presentar una solicitud de evento anual al secretario:
(i) A más tardar el 31 de diciembre de 2008, para el período del evento anual que comienza el 1 de julio de 2009 y finaliza el 30 de junio de 2010, y a más tardar el 31 de diciembre de los años subsiguientes, para los períodos subsiguientes del evento anual; y
(ii) No obstante cualquier disposición en contrario de este capítulo, dentro de los quince (15) días calendario posteriores al 7 de mayo de 2009, para el período del evento anual que comienza el 1 de julio de 2009 y finaliza el 30 de junio de 2010.

(B) A efectos del plazo de presentación, se considerará fecha de presentación la que figure en el matasellos de correos de la solicitud del evento anual.

(2) La organización deberá ser una organización 501(c)(3), tal como se define en ß 3-17-102.

(3) (A) Una organización 501(c)(3), incluyendo los capítulos o afiliados que operen bajo la misma exención fiscal, no organizará más de un (1) evento anual dentro de un periodo de doce meses que comience el 1 de julio y finalice el 30 de junio.

(B) (i) Un evento anual deberá ser operado en un solo lugar dentro de un condado en Tennessee donde la organización 501(c)(3) tiene una presencia física o en un condado que es contiguo a un condado donde la organización mantiene una presencia física, según lo dispuesto en ßß 3-17-104(a)(2)(A), o una organización 501(c)(3) podrá celebrar un evento anual el mismo día en un (1) condado en el que tenga presencia física en cada gran división del estado, según lo dispuesto en ßß 4-1-201 - 4-1-204. Dicho lugar, o lugares, deberá figurar como lugar del evento anual en la solicitud de evento anual de conformidad con el ßß 3-17-104(a)(16).

(ii) Nada de lo dispuesto en esta subdivisión (a)(3)(B) se interpretará en el sentido de limitar la capacidad de una organización para vender billetes, participaciones, chances o registros similares para un evento anual autorizado en cualquier subdivisión política de este estado.

(iii) No se celebrarán más de dos (2) eventos anuales por mes natural en la misma ubicación en cada condado durante cualquier periodo de evento anual. A los efectos de esta subdivisión (a)(3)(B), "ubicación" significa un único lugar físico en un condado identificado por una dirección o una característica descriptiva única.

(C) A pesar de cualquier disposición contraria de este capítulo, una organización 501(c)(3) autorizada a realizar un evento anual puede cambiar la ubicación del evento anual si la ubicación indicada en la solicitud del evento anual no está disponible posteriormente durante el tiempo en el que se iba a realizar el evento anual y si se cumplen las siguientes condiciones:
(i) Se notifica por escrito al secretario de estado, a la oficina de investigación de Tennessee y al fiscal general del distrito judicial en el que se va a celebrar el acontecimiento anual, que el lugar indicado no está disponible, la razón de la indisponibilidad y el nuevo lugar;

(ii) Se notifique públicamente con suficiente antelación mediante su publicación en el sitio web de la organización, si lo hubiere, y mediante su publicación en un periódico de circulación general en el condado en el que vaya a celebrarse el evento anual; y

(iii) La nueva ubicación cumple lo dispuesto en la subdivisión (a)(3)(B)(iii).

(4) (A) Una organización 501(c)(3) puede organizar un evento anual conjuntamente con una (1) o más organizaciones 501(c)(3) en las siguientes circunstancias:
(i) Cada organización 501(c)(3) presenta una solicitud de evento anual independiente que incluye, entre otras cosas, la tasa de solicitud correspondiente, de conformidad con las disposiciones del presente capítulo;

(ii) Cada organización 501(c)(3) presente, junto con la solicitud del evento anual, una declaración conjunta de autorización en la que se indique la intención de llevar a cabo un evento anual conjunto y se enumeren todas las organizaciones que participan en dicho evento conjunto; y

(iii) Cada solicitante 501(c)(3) cumple con las disposiciones de este capítulo y es elegible para su inclusión en la lista ómnibus.

(B) Si una (1) o más organizaciones 501(c)(3) no son elegibles para su inclusión en la lista ómnibus, o no presentan a tiempo una solicitud de evento anual, todos los solicitantes de un evento anual conjunto serán excluidos de la lista ómnibus. Ninguna disposición de esta subdivisión (a)(4) se interpretará en el sentido de que autoriza a una organización 501(c)(3) que participe en un evento conjunto a operar, participar o llevar a cabo, conjuntamente o de otro modo, más de un (1) evento anual dentro de cualquier periodo de doce meses que comience el 1 de julio y finalice el 30 de junio.

(5) (A) (i) Salvo que se disponga lo contrario en esta subdivisión (a)(5), una organización 501(c)(3) autorizada para llevar a cabo un evento anual conforme a las disposiciones de este capítulo no empleará, contratará ni utilizará de otro modo los servicios de ninguna persona, incluidos, entre otros, cualquier empresa de gestión, consultor u otra entidad, para gestionar, llevar a cabo u operar cualquier aspecto de un evento anual. Un acontecimiento anual autorizado será gestionado, dirigido y operado únicamente por directores, funcionarios o empleados de buena fe de una organización 501(c)(3) que:
(a) Gestionen, dirijan u operen únicamente un (1) acontecimiento anual de este tipo en cualquier periodo de doce meses que comience el 1 de julio y finalice el 30 de junio de cada año para cualquier organización 501(c)(3); y
(b) No reciban compensación alguna por las tareas asociadas con el acontecimiento anual a partir de los ingresos del acontecimiento anual, excepto la compensación que de otro modo le correspondería a dicha persona en el curso normal de su actividad. En ningún caso la remuneración normal de dicha persona, o cualquier otra forma de remuneración o beneficio, incluyendo, pero sin limitarse a, cualquier pago de bonificación o cualquier otra forma de pago suplementario, se basará o determinará por referencia a un porcentaje de los ingresos derivados de la operación del evento anual, el número de personas que participan en el evento anual o cualquier otro factor relacionado con el evento anual.

(ii) El personal voluntario no remunerado, incluyendo los miembros de una organización 501(c)(3), puede ser utilizado por una organización 501(c)(3) para gestionar, dirigir u operar un evento anual.

(B) (i) Nada de lo dispuesto en esta subdivisión (a)(5) o en ß 39-17-654(b) se interpretará en el sentido de que prohíbe a una organización 501(c)(3) comprar, arrendar o aceptar donaciones de premios, instalaciones, ubicaciones, servicios de publicidad, servicios de impresión, servicios telefónicos y cualesquiera registros, dispositivos u otros suministros necesarios para llevar a cabo un evento anual autorizado; siempre que la compensación pagada por dichas compras o arrendamientos no sea a un precio superior al valor justo de mercado y no se base en un porcentaje de los ingresos de un evento anual o por cualquier otro acuerdo contingente basado en los ingresos de un evento anual.

(ii) Ninguna organización 501(c)(3) comprará o alquilará premios, instalaciones, locales, servicios de publicidad, servicios de imprenta, servicios telefónicos ni ningún registro, dispositivo u otros suministros necesarios para llevar a cabo un evento anual autorizado a ningún director, funcionario o empleado de la organización 501(c)(3).

(iii) [Suprimido por la enmienda de 2005].

(6) (A) Salvo lo dispuesto en la subdivisión (a)(6)(B), una organización 501(c)(3) autorizada para llevar a cabo un evento anual conforme a las disposiciones de este capítulo devolverá todos los ingresos brutos, menos cualquier cantidad gastada conforme a la subdivisión (a)(5)(B), a la organización para los fines o programas descritos en ß 3-17-104(a)(19), pero en cualquier caso, una organización 501(c)(3) deberá devolver al menos el veinticinco por ciento (25%) de la recaudación bruta a la organización para los fines o programas descritos en ß 3-17-104(a)(19).

(B) Una organización 501(c)(3) que no devuelva al menos el veinticinco por ciento (25%) de los ingresos brutos del evento anual a los fines o programas descritos en ß 3-17-104(a)(19) en cualquier año deberá presentar una notificación al secretario en un formulario prescrito por éste. Si, a juicio del secretario, la organización no ha cometido falta alguna al no devolver el porcentaje exigido, se le permitirá presentar una solicitud de evento anual para el siguiente periodo de evento anual; no obstante, si una organización no devuelve el porcentaje exigido en dos (2) periodos de evento anual consecutivos, quedará inhabilitada de forma permanente para presentar solicitudes de evento anual. Si el secretario no permite a una organización presentar una solicitud de evento de conformidad con esta subdivisión (a)(6)(B), la organización podrá solicitar una revisión y apelación de conformidad con los procedimientos establecidos en ß 3-17-105(g) y (h).

(C) Tal y como se utiliza en esta subdivisión (a)(6), los ingresos brutos no incluirán los ingresos revelados como el valor justo de mercado de los premios, bienes y servicios donados.

(b) (1) El secretario revisará todas las solicitudes de eventos anuales presentadas oportunamente y transmitirá una lista ómnibus de solicitantes calificados al secretario del Senado y al secretario de la Cámara de representantes en formato electrónico, según lo requieran los respectivos secretarios, a más tardar el 4 de mayo de 2004, y a más tardar el 1 de marzo de cualquier año subsiguiente. La lista ómnibus incluirá, como mínimo, el nombre de la organización 501(c)(3), el nombre del evento, el tipo de juego de lotería, la fecha del evento y la ubicación o ubicaciones del evento. La lista ómnibus enumerará las organizaciones 501(c)(3) alfabéticamente por condado en el que se propone celebrar el evento anual.

(2) Además de la lista ómnibus transferida al secretario del senado y al secretario de la cámara de representantes antes del 1 de marzo de 2009, el secretario transferirá una lista ómnibus adicional que enumere cualquier organización aprobada conforme a la subdivisión (a)(1)(A)(ii) y la subsección (f) para el período del evento anual que comienza el 1 de julio de 2009 y finaliza el 30 de junio de 2010. La lista se transferirá de forma coherente con la subdivisión (b)(1) antes de las doce (12:00) del mediodía, hora central diurna (CDT), en un plazo de treinta (30) días naturales a partir del 7 de mayo de 2009.

(c) Tras la autorización de la asamblea general, el secretario de la última cámara que apruebe dicha autorización transmitirá una copia de la misma al secretario y a cada fiscal general de distrito. El secretario transmitirá dicha autorización a cada organización 501(c)(3) autorizada a la dirección postal que figure en la solicitud de evento anual de dicha organización; siempre que, en el caso de una organización con múltiples capítulos, sucursales o filiales en Tennessee, dicha autorización se transmita únicamente a la dirección postal principal del solicitante. Dicha autorización se publicará en el sitio web del secretario con la información adicional que éste considere oportuna. Como mínimo, el secretario publicará el nombre de la organización 501(c)(3), el nombre del evento, el tipo de juego de lotería, la fecha del evento y la ubicación o ubicaciones del evento.

(d) (1) (A) Un evento anual autorizado deberá celebrarse dentro de los veintiocho (28) días naturales siguientes a la fecha del evento indicada en la solicitud de evento anual; siempre que nada de lo dispuesto en esta subdivisión (d)(1) se interprete en el sentido de permitir dos (2) eventos anuales en cualquier período de un año o de permitir que una organización 501(c)(3) organice un evento anual en múltiples ubicaciones autorizadas en días distintos.

(B) Una organización 501(c)(3) deberá notificarlo a cada uno de los jefes de las fuerzas del orden del condado o municipio en el que vaya a celebrarse el acontecimiento anual ciento treinta (130) días antes de la fecha del acontecimiento que figure en la solicitud del mismo; siempre que, si la fecha del acontecimiento se encuentra dentro de los ciento treinta (130) días siguientes a la notificación de la autorización para celebrar un acontecimiento anual, la organización 501(c)(3), tras recibir dicha notificación y antes de iniciar la venta de entradas, participaciones, oportunidades o registros similares, lo notifique inmediatamente al jefe de los cuerpos de seguridad de cada condado o municipio en el que se celebre el acontecimiento anual. De acuerdo con la subdivisión (d)(1)(A), si la fecha real del evento es diferente de la fecha del evento que figura en la solicitud del evento anual, una organización 501(c)(3) deberá enviar una notificación adicional a cada uno de los jefes de las fuerzas del orden del condado o municipio en el que se vaya a celebrar el evento anual antes de llevar a cabo el evento anual. A los efectos de esta subdivisión (d)(1)(B), se entenderá por "notificación" una carta enviada por correo certificado, o mediante entrega física real de una carta al jefe de las fuerzas del orden o a la persona designada por éste, que contenga, como mínimo, la siguiente información:
(i) El nombre de la organización 501(c)(3);
(ii) El nombre del evento;
(iii) La ubicación del evento, incluida la dirección física donde se llevará a cabo el evento anual;
(iv) El tipo de juego de lotería que se llevará a cabo;
(v) La fecha del evento que figura en la solicitud del evento anual;
(vi) Si corresponde, la fecha real del evento anual si difiere de la fecha del evento que figura en la solicitud del evento anual;
(vii) Si procede, los lugares adicionales del acontecimiento, incluida la dirección física en la que se llevará a cabo el acontecimiento anual, en caso de que dicho acontecimiento se realice en varios lugares autorizados;
(viii) El nombre, la dirección y el número de teléfono del presidente, presidente o director administrativo de la organización 501(c)(3); y
(ix) En su caso, el nombre, la dirección y el número de teléfono de la persona responsable de la organización 501(c)(3) de la celebración del acontecimiento anual, si no es el presidente o el director administrativo de la organización.

(2) Salvo lo dispuesto en la subdivisión (d)(3), una vez recibida la autorización del secretario conforme a la subsección (c), una organización 501(c)(3) podrá llevar a cabo todas las actividades necesarias para dicho evento, incluyendo, entre otras, la planificación, publicidad, promoción, impresión de materiales y billetes, participaciones, oportunidades o registros similares y el transporte de dichos registros y otros dispositivos.

(3) Una organización 501(c)(3), o cualquier persona autorizada conforme a la subdivisión (a)(5)(A) en nombre de la organización 501(c)(3), podrá vender billetes, participaciones, oportunidades o registros similares en la fecha real del evento anual y durante ciento veinte (120) días inmediatamente anteriores a la fecha del evento indicada en la solicitud y durante cualquier período posterior a la fecha del evento indicada en la solicitud del evento anual pero anterior a la fecha real del evento anual si dicha fecha real es posterior a la fecha del evento de acuerdo con las disposiciones de la subdivisión (d)(1). Ninguna persona podrá vender billetes, participaciones, chances o registros similares fuera del período autorizado por esta subdivisión (d)(3). No obstante cualquier disposición contraria del presente capítulo, el secretario establecerá normas y reglamentos relativos a la modificación del importe real en dólares por el que una organización 501(c)(3) autorizada a celebrar un evento anual venderá un boleto, acción, oportunidad u otro registro similar; siempre que sólo se realice una (1) de dichas modificaciones antes de la venta de cualquier boleto, acción, oportunidad u otro registro similar y únicamente por un importe no superior a cincuenta dólares ($50,00) del importe real en dólares divulgado de conformidad con ß 3-17-104(a)(14)(B).

(e) (1) En un plazo de noventa (90) días a partir de la fecha del evento indicado en la solicitud del evento anual, la organización deberá presentar al secretario una contabilidad financiera conforme a lo dispuesto en ß 3-17-106.

(2) A efectos del presente capítulo, se considerará fecha de presentación la que figure en el matasellos de la contabilidad financiera.

(3) El secretario publicará dicha contabilidad, o una sinopsis de la misma, en la página web del secretario.

(f) (1) No obstante cualquier disposición contraria de este capítulo, una organización 501(c)(3) que pretenda realizar un evento anual en beneficio de dicha organización ubicada en este estado y que no pretenda recaudar ingresos brutos del evento anual que superen los cinco mil dólares ($5,000) deberá presentar una solicitud de evento anual al secretario:
(A) Antes del 31 de diciembre de 2008, para el período del evento anual que comienza el 1 de julio de 2009 y finaliza el 30 de junio de 2010, y antes del 31 de diciembre de los años subsiguientes, para los períodos subsiguientes del evento anual; y

(B) No obstante cualquier disposición contraria del presente capítulo, en un plazo de quince (15) días naturales a partir del 7 de mayo de 2009, para el periodo anual de eventos que comienza el 1 de julio de 2009 y finaliza el 30 de junio de 2010.

(2) A efectos del plazo de presentación previsto en la subdivisión (f)(1)(A), una solicitud de evento anual no se considerará presentada al secretario hasta que esté en posesión física del mismo, tal y como demuestra la anotación de fecha y hora del secretario en dicha documentación.

A los efectos de la fecha límite de presentación prevista en la subdivisión (f)(1)(B), la fecha del matasellos en la solicitud del evento anual se considerará la fecha de presentación.

§ 3-17-104. Plazos de solicitud de actos anuales; contenido y anexos; formulario de solicitud uniforme.

(a) All annual event applications shall be submitted to the secretary. For the annual event period beginning July 1, 2004, and ending June 30, 2005, such applications shall be submitted by twelve o’clock (12:00) noon central daylight time (CDT) on April 20, 2004. Except as provided in ß 3-17-103, for the annual event period beginning July 1, 2005, and ending June 30, 2006, such applications shall be submitted from July 1, 2004, through October 31, 2004. Except as provided in ß 3-17-103, for subsequent annual event periods, such applications shall be submitted from July 1 through December 31 in any subsequent year. Such applications shall include:
(1) The name of the 501(c)(3) organization and the purpose for which it was organized;
(2) (A) The physical address in Tennessee of the 501(c)(3) organization; provided, however, that if the organization has multiple chapters or affiliates in Tennessee operating under the same tax exemption, the physical addresses of such multiple locations. For the purposes of this chapter, a post office box, or similar address at a mail or package delivery service, shall not be considered a physical address; and
(B) If the principal office of the 501(c)(3) organization is outside Tennessee, the physical address of such principal office;
(3) (A) The mailing address, in Tennessee, of the 501(c)(3) organization. For the purposes of this chapter, such mailing address shall serve as the primary mailing address of the applicant; provided, however, that if the organization has multiple chapters or affiliates in Tennessee operating under the same tax exemption, the mailing addresses of such multiple locations;
(B) If the principal office of the 501(c)(3) organization is outside Tennessee, the mailing address of such principal office; and
(C) The 501(c)(3) organization shall designate a named person who is a citizen of Tennessee to receive process at the primary mailing address of the applicant. The name of such person shall be listed in the annual event application;
(4) (A) The telephone number in Tennessee of the 501(c)(3) organization or its chair, president or chief administrative officer; and
(B) If the principal office of the 501(c)(3) organization is outside Tennessee, the telephone number of such principal office;
(5) The place where, and the date when, the organization was legally established and documentation from the internal revenue service recognizing the 501(c)(3) organization’s tax exempt status. Such documentation shall be supported by an affidavit from the 501(c)(3) organization’s chair, president or chief administrative officer affirming that the organization’s 501(c)(3) status has not been revoked;
(6) A copy of organizational documents and any other documents that prove to the satisfaction of the secretary that the organization is a 501(c)(3) organization as defined in ß 3-17-102. The secretary may promulgate rules and regulations as to the type and quantity of documentation necessary for proof of continuous and active existence. The documentation shall be supported by an affidavit signed by the 501(c)(3) organization’s chair, president or chief administrative officer and secretary affirming that the organization is a 501(c)(3) organization as defined in ß 3-17-102;
(7) [Deleted by 2007 amendment.]
(8) (A) For annual event applications submitted prior to November 1, 2004:
(i) A copy of the 501(c)(3) organization’s last five (5) annual reports filed with the internal revenue service, Form 990, 990-EZ, or 990-PF, and any attached schedules for the five-year period immediately preceding the annual event application; or
(ii) If the organization has not filed any such annual reports with the internal revenue service or has not filed five (5) consecutive annual reports for the five-year period immediately preceding the annual event application, an affidavit from the 501(c)(3) organization’s chair, president or chief administrative officer affirming that the organization has not filed any annual reports or has not filed five (5) consecutive annual reports and shall begin to file annual reports as required by the provisions of this chapter. In addition, any such organization shall submit copies of any annual reports filed with the internal revenue service within the five-year period preceding the application;
(B) For annual event applications submitted between July 1, 2005, and June 30, 2006:
(i) A copy of the 501(c)(3) organization’s last five (5) annual reports filed with the internal revenue service, Form 990, 990-EZ, or 990-PF, and any attached schedules for the five-year period immediately preceding the annual event application; or
(ii) If the organization has not filed five (5) consecutive annual reports for the five-year period immediately preceding the annual event application, a copy of the 501(c)(3) organization’s annual report filed with the internal revenue service, Form 990, 990-EZ, or 990-PF, for the preceding year and any attached schedules and copies of any other annual reports filed with the internal revenue service within the five-year period preceding the application;

(C) (i) Para las solicitudes de eventos anuales presentadas a partir del 1 de julio de 2006;
(a) Una copia del último informe anual de la organización 501(c)(3) presentado ante el servicio de rentas internas, formulario 990, 990-EZ o 990-PF, y cualquier anexo correspondiente al ejercicio fiscal de la organización que finalice inmediatamente antes de la solicitud del evento anual; o
(b) Si la organización no ha presentado un informe anual ante el servicio de rentas internas para el ejercicio fiscal de la organización que finaliza inmediatamente antes de la solicitud del acontecimiento anual, una declaración jurada del presidente, presidente o director administrativo de la organización 501(c)(3) afirmando que la organización no ha presentado un informe anual y que comenzará a presentar informes anuales tal y como exigen las disposiciones de este capítulo; siempre que una organización pueda presentar una declaración jurada en virtud de esta subdivisión (a)(8)(C)(i)(b ) en lugar de los requisitos de la subdivisión (a)(8)(C)(i)(a ) sólo una (1) vez.
(ii) Además de los requisitos de esta subdivisión (a)(8)(C), el secretario podrá solicitar copias de los últimos cinco (5) informes anuales de la organización 501(c)(3) presentados ante el servicio de rentas internas, Formulario 990, 990-EZ o 990-PF, y cualquier anexo correspondiente al período de cinco años inmediatamente anterior a la solicitud del evento anual. La organización deberá presentar al secretario todos los documentos solicitados en virtud de esta subdivisión (a)(8)(C)(ii), si dichos documentos están disponibles y, si dichos documentos no están disponibles, dicha organización deberá presentar una declaración jurada del presidente, presidente o director administrativo de la organización 501(c)(3) en la que se afirme que dichos documentos no están disponibles y se indique el motivo de la no disponibilidad de dichos documentos.

(9) Una renuncia a los derechos de privacidad, en un formulario proporcionado por el secretario, que permitirá la publicación de documentos en el sitio web del secretario y la inspección por parte de cualquier miembro del público de los formularios y documentos fiscales presentados de conformidad con este capítulo;

(10) Los nombres y direcciones de los directivos, directores, fideicomisarios y del principal funcionario ejecutivo asalariado de la organización 501(c)(3);

(11) Una declaración de que ningún funcionario, director, fideicomisario o principal directivo asalariado de la organización 501(c)(3) ha sido condenado por infracción de los artículos 39-14-103, 39-14-104, 39-14-105, 39-16-702, 39-16-703, título 39, capítulo 17, partes 5 ó 6, o por un delito similar en otra jurisdicción;

(12) Una copia del acta de la reunión de la organización 501(c)(3), firmada y atestiguada por el secretario de la junta, que indique la intención de operar un evento anual, si lo autoriza la asamblea general; siempre que:
(A) Si los estatutos de una organización 501(c)(3) autorizan a un comité ejecutivo a actuar en nombre de la junta en pleno, dicha acta reflejará un voto afirmativo de la mayoría del comité ejecutivo de la junta directiva o de los fideicomisarios de la organización para operar dicho evento anual. En lugar de una copia de las actas, una organización puede presentar una declaración jurada firmada por todos los miembros del comité ejecutivo de la junta directiva o fideicomisarios de la organización indicando la intención de operar un evento anual, si así lo autoriza la asamblea general; y
(B) Si los estatutos de una organización 501(c)(3) no autorizan la acción de un comité ejecutivo, de conformidad con la subdivisión (a)(12)(A), las actas reflejarán la aprobación por parte del número de miembros de la junta requeridos por los estatutos y reglamentos para tomar medidas en virtud del ß 48-58-205 para operar el evento anual. En lugar de una copia del acta, una organización podrá presentar una declaración jurada firmada por todos los miembros del consejo de administración en la que se indique la intención de celebrar un acontecimiento anual, si así lo autoriza la asamblea general;

(13) El nombre del evento anual;

(14) (A) El tipo único de juego de lotería que se realizará y una descripción del juego; y
(B) El número estimado de billetes, participaciones, chances u otros registros similares que se ofrecerán y el monto real en dólares al que se venderá un billete, participación, chance u otro registro similar;

(15) La fecha del evento; no obstante, la fecha del evento deberá seleccionarse dentro de un período de doce meses que comience el 1 de julio siguiente a la fecha límite de solicitud y finalice el 30 de junio siguiente;

(16) La ubicación o ubicaciones del evento anual, incluyendo el emplazamiento físico en cada condado identificado por una dirección o característica descriptiva única en el que se desarrollará el evento anual de conformidad con ß 3-17-103(a)(3)(B)(i);

(17) Si procede, la fecha del último acto anual celebrado o que vaya a celebrar la organización;

(18) Si procede, de conformidad con ß 3-17-103(a)(4)(ii), una declaración conjunta de autorización en la que se indique la intención de llevar a cabo un evento anual conjunto y se enumeren todas las organizaciones que participarán en dicho evento conjunto. A efectos de esta subdivisión (a)(18), el solicitante deberá enumerar cada una de las organizaciones que participarán en el evento conjunto e incluir la dirección física y la dirección postal de cada una de ellas en Tennessee;

(19) Los fines o programas benéficos, religiosos, educativos, científicos u otros fines humanitarios a los que se destinarán los fondos derivados del evento anual;

(20) Los nombres de las personas o directivos de la organización que tendrán la responsabilidad final de la custodia de los fondos derivados del evento anual;

(21) Los nombres de las personas o directivos de la organización responsables de la distribución final de los fondos derivados del evento anual; y

(22) La tarifa de solicitud correspondiente.

(b) El secretario elaborará un formulario de solicitud uniforme para las solicitudes de eventos anuales. Se anima al secretario a utilizar, en la medida de lo posible, formularios y procedimientos basados en Internet para las solicitudes de eventos anuales.

(c) (1) Deberá abonarse una tarifa de solicitud en el momento de presentar la solicitud para un evento anual. El secretario no aceptará las solicitudes de eventos anuales que no vayan acompañadas de la tarifa de solicitud apropiada.

(2) El secretario cobrará una tarifa razonable por las solicitudes de eventos anuales. La tarifa no podrá exceder de setecientos dólares ($700). El secretario podrá establecer una estructura de tarifas que prevea una tarifa reducida para las organizaciones que presenten solicitudes de eventos anuales en virtud de la subsección (e) y ß 3-17-103(f); siempre que, para el período de eventos anuales que comienza el 1 de julio de 2005 y finaliza el 30 de junio de 2006, dicha tarifa reducida sea de ciento cincuenta dólares ($150). Los fondos recaudados en virtud de lo dispuesto en el presente capítulo serán utilizados por el Secretario y la Oficina de investigación de Tennessee para sufragar los gastos de administración del presente capítulo, incluyendo, pero no limitado a, los gastos de las investigaciones realizadas de conformidad con el artículo ß 3-17-113.

(3) Las tarifas de solicitud de eventos anuales no son reembolsables; siempre que una organización que haya presentado una solicitud de evento anual y pagado la tarifa de solicitud correspondiente antes del 1 de julio de 2005, pero que no haya cumplido los requisitos para su inclusión en una lista ómnibus debido a que la organización no había solicitado el reconocimiento formal de la categoría 501(c)(3) ante el servicio de rentas internas, recibirá un crédito por la presentación de una (1) solicitud de evento anual que se utilizará antes del 31 de diciembre de 2008, y después de que dicha organización presente la documentación correspondiente ante el servicio de rentas internas y cumpla de otro modo con las disposiciones de esta parte.

(4) No se exigirá ninguna tarifa de solicitud adicional a ninguna organización que haya presentado previamente una solicitud de evento anual para la misma organización, que haya sido posteriormente rechazada, durante el período de solicitud que finaliza el 1 de noviembre de 2004. Esta subdivisión (c)(4) sólo se aplica a las solicitudes presentadas de conformidad con el antiguo ß 3-17-103(a)(1) [derogado] o ß 3-17-103(f)(1)(A).

(d) Todas las solicitudes para actos anuales deberán ir firmadas por el presidente, el presidente o el director administrativo de la organización 501(c)(3) y por el redactor de la solicitud. Dichas personas certificarán bajo juramento y estarán sujetas a sanciones penales, incluyendo el perjurio, que la información contenida en la solicitud del evento anual es veraz y exacta.

(e) (1) No obstante cualquier otra disposición contraria de esta sección, una organización 501(c)(3) que presente una solicitud de evento anual conforme a ß 3-17-103(f) deberá presentar, en un formulario prescrito por el secretario, la siguiente información:
(A) El nombre y la dirección postal de la organización 501(c)(3);
(B) El nombre del evento;
(C) La fecha del evento;
(D) La ubicación del evento;
(E) Una descripción del tipo de juego de lotería que se llevará a cabo;
(F) Una descripción del uso benéfico de las ganancias del evento;
(G) El nombre y número de teléfono de una persona de contacto para el evento;
(H) Una copia de la carta de determinación de la organización por parte del Servicio de Impuestos Internos que demuestre que la organización está exenta del impuesto federal sobre la renta en virtud del ß 501(c)(3) del Código de Impuestos Internos;
(I) Una declaración jurada de que la organización ha tenido una existencia continua y activa como organización 501(c)(3) ubicada en Tennessee durante al menos los cinco (5) años inmediatamente anteriores a la fecha del evento indicada en la solicitud del evento anual; y
(J) Una declaración jurada de que la organización no tiene intención de recaudar más de cinco mil dólares (5.000 $) del evento, si así lo autoriza la asamblea general.

(2) Todas las disposiciones del presente capítulo que no sean incompatibles con el presente apartado (e) se aplicarán a una organización 501(c)(3) que presente una solicitud con arreglo a ß 3-17-103(f).

§ 3-17-105. Lista general

(a) El secretario examinará cada solicitud de manifestación anual presentada en virtud del presente capítulo para su inclusión en la lista ómnibus. Un acontecimiento anual se incluirá en la lista ómnibus si:
(1) Se cumplen todos los requisitos de presentación de la solicitud de evento anual establecidos en ß 3-17-104;
(2) El secretario determina que la organización 501(c)(3) ha sido reconocida por el Servicio de Impuestos Internos como organización 501(c)(3) exenta de impuestos y que dicha exención es válida en el momento de presentar la solicitud de evento anual;
(3) El secretario determina que la organización es una organización 501(c)(3) según se define en ß 3-17-102; y
(4) El tipo de juego de lotería está autorizado por las disposiciones de este capítulo y el artículo XI, ß 5 de la Constitución de Tennessee.

(b) (1) El secretario establecerá normas y reglamentos relativos a la aceptación de enmiendas a las solicitudes de eventos anuales que, por lo demás, sean coherentes con las disposiciones de este capítulo, incluidas, entre otras, las enmiendas relativas a lugares conflictivos para un evento anual.
(2) No obstante cualquier disposición legal en contrario, una organización podrá presentar al secretario una solicitud de cambio de ubicación o fecha, independientemente de que dicha ubicación o fecha esté en conflicto real con otra organización, a más tardar a las doce (12:00) del mediodía, hora central diurna (CDT), del 10 de mayo de 2004, y a más tardar a las doce (12:00) del mediodía, hora central estándar (CST), del primer día de febrero de cualquier año posterior.

(c) El secretario incluirá a todos los solicitantes de eventos anuales calificados en una lista ómnibus que se transmitirá a la asamblea general de conformidad con lo dispuesto en ß 3-17-103(b).

(d) (1) Salvo lo dispuesto en la subdivisión (d)(2)(B), no se concederá ninguna prórroga para la presentación o finalización de una solicitud para un acontecimiento anual una vez transcurrido el plazo de solicitud para el período del acontecimiento anual correspondiente.
(2) (A) Salvo lo dispuesto en la subdivisión (d)(2)(B), el secretario no tendrá autoridad para aceptar, y no aceptará, una solicitud de acontecimiento anual, o una enmienda a una solicitud de acontecimiento anual, presentada después de que haya vencido el plazo de solicitud para el período de acontecimiento anual correspondiente según lo establecido de conformidad con ß 3-17-103(a)(1) o (f).
(B) En el caso de las solicitudes de eventos anuales presentadas antes de las doce del mediodía (12:00), hora central diurna (CDT), del 20 de abril de 2004, para el periodo de eventos anuales que comienza el 1 de julio de 2004 y finaliza el 30 de junio de 2005, antes del 1 de noviembre de 2004, para el periodo de eventos anuales que comienza el 1 de julio de 2005 y finaliza el 30 de junio de 2006, y antes del 1 de enero de cualquier año posterior para los periodos de eventos anuales posteriores, el secretario notificará a cualquier organización que, de otro modo, no estaría incluida en la lista ómnibus el motivo o motivos por los que dicha organización no estaría incluida. Dicha notificación deberá realizarse antes del 10 de mayo de 2004 y antes del 15 de enero de cualquier año posterior. Cualquier organización de este tipo podrá presentar al secretario una solicitud modificada de celebración de un acontecimiento anual a más tardar a las doce del mediodía, hora central diurna (CDT), del 10 de mayo de 2004, y a más tardar a las doce del mediodía, hora central estándar (CST), del primer día de febrero de cualquier año posterior. Cualquier acontecimiento anual de este tipo se incluirá en la lista ómnibus si la solicitud de acontecimiento anual modificada cumple las disposiciones del presente capítulo.

(e) Una solicitud de evento anual puede ser retiro permanentemente antes de la fecha de transmisión de la lista ómnibus a la asamblea general; siempre y cuando, una vez retiro, la organización 501(c)(3) no pueda volver a presentar una solicitud de evento anual para el periodo de evento anual en el que se retiró la solicitud presentada anteriormente.

(f) Si una solicitud de celebración de un evento anual no se incluye en la lista general, el Secretario enviará una notificación al solicitante en la que se expondrán los motivos de dicha no inclusión. El secretario remitirá dicha notificación al solicitante a la dirección postal principal que figure en la solicitud de evento anual de dicho solicitante.

(g) Un solicitante cuya solicitud no sea incluida en la lista ómnibus podrá solicitar por escrito que el secretario reconsidere la determinación; siempre que dicha solicitud por escrito sea presentada ante el secretario dentro de los diez (10) días naturales a partir de la fecha de notificación de no inclusión. El Secretario reconsiderará dicha decisión y emitirá una resolución definitiva en un plazo de diez (10) días naturales a partir de la recepción de la solicitud de reconsideración por escrito.

(h) (1) La revisión de las decisiones finales del secretario será atendida por la comisión de reclamaciones de Tennessee de acuerdo con las normas y reglamentos promulgados por la comisión. Es la intención de la asamblea general que las revisiones conforme a esta subsección (h) sean escuchadas de manera expedita. La sede de dicha revisión será la división central de la comisión de reclamaciones de Tennessee.
(2) La petición de revisión deberá presentarse a más tardar diez (10) días calendario después de la emisión de la decisión final por parte del secretario. Se entregarán copias de la petición al secretario y al fiscal general y al ponente.
(3) La revisión será llevada a cabo por la comisión de reclamaciones en el registro de reclamaciones de menor cuantía de conformidad con ß 9-8-403 y se limitará al registro de procedimientos ante el secretario.
(4) La comisión de reclamos emitirá conclusiones escritas de hecho y de derecho sobre si la decisión del secretario fue:
(A) Claramente errónea; o
(B) Arbitraria y caprichosa.
(5) La comisión de reclamos no tendrá autoridad para otorgar daños monetarios en ninguna revisión realizada conforme a esta sección.

§ 3-17-106. Contabilidad financiera - Requisitos. -
(a) Toda organización autorizada por la asamblea general a organizar un evento anual deberá presentar al secretario, en un plazo de noventa (90) días naturales a partir de la fecha efectiva del evento, una contabilidad financiera conforme a lo dispuesto en este artículo.

(b) Para eventos que recauden treinta mil dólares ($30,000) o menos, la organización deberá presentar una contabilidad financiera, en un formulario prescrito por el secretario, que muestre lo siguiente:
(1) La cantidad bruta de dinero recibida del evento anual;
(2) La cantidad de dinero gastada por la organización incluyendo, para cantidades superiores a cien dólares ($100), el nombre y dirección del beneficiario, la categoría del gasto y la cantidad gastada;
(3) La cantidad de dinero desembolsada, o que se desembolsará, para los programas o fines benéficos de la organización 501(c)(3), incluyendo, entre otros, documentación suficiente que indique que todos los ingresos brutos, menos cualquier cantidad desembolsada de conformidad con ß 3-17-103(a)(5)(B), se han utilizado, o se han destinado, a los fines o programas descritos en ß 3-17-104(a)(19); y
(4) Una lista de todos los ganadores de premios, incluyendo sus nombres y direcciones, de dinero en efectivo, bienes o servicios valorados en más de cincuenta dólares ($50.00) y el premio recibido.

(c) Para eventos que recauden más de cincuenta mil dólares ($50,000), la organización deberá presentar un estado financiero auditado preparado por un contador público certificado independiente o un contador público independiente, en un formulario prescrito por el secretario, que muestre lo siguiente
(1) La cantidad bruta de dinero recibida de los ingresos del evento anual;
(2) La cantidad de dinero desembolsada, o que se desembolsará, para los programas o fines benéficos de la organización 501(c)(3), incluida, entre otras cosas, documentación suficiente que indique que todos los ingresos brutos, menos cualquier cantidad gastada de conformidad con ß 3-17-103(a)(5)(B), se han utilizado, o se han destinado, a los fines o programas descritos en ß 3-17-104(a)(19);
(3) Una lista detallada, que incluya el nombre y la dirección del beneficiario, de los importes gastados en todos los gastos; siempre que los gastos individuales de cien dólares ($100) o menos puedan enumerarse como gastos diversos, por categoría, siempre que la suma total de todos los gastos diversos sea inferior a cinco mil dólares ($5.000); y
(4) Una lista de todos los ganadores de premios, que incluya sus nombres y direcciones, de dinero en efectivo, bienes o servicios valorados en más de cincuenta dólares ($50.00) y el premio recibido.

(d) En el caso de un evento anual celebrado conjuntamente por dos (2) o más organizaciones 501(c)(3), según lo dispuesto en ß 3-17-103(a)(4), la contabilidad financiera presentada en virtud de la presente sección se basará en la cantidad bruta de dinero recibida conjuntamente y, además de los requisitos aplicables de la subsección (b) o (c), mostrará la cantidad desembolsada, o que se desembolsará, a cada organización 501(c)(3) participante. Dichas organizaciones podrán presentar la misma contabilidad financiera, siempre que se cumplan los requisitos de firma de la subsección (e).

(e) En el caso de eventos que recauden treinta mil dólares ($30,000) o menos, todas las cuentas financieras requeridas por esta sección deberán ser firmadas por el presidente de la junta directiva, el presidente o el director administrativo de la organización 501(c)(3) y el preparador del informe o, si el presidente de la junta directiva, el presidente o el director administrativo es el preparador del informe, por dicha persona y por un funcionario adicional de la organización 501(c)(3). En el caso de eventos con una recaudación superior a treinta mil dólares ($30 000), todos los informes financieros exigidos por este artículo deberán estar firmados por el presidente, el presidente o el director administrativo de la organización 501(c)(3) y el redactor del informe. Dichas personas certificarán bajo juramento y estarán sujetas a sanciones penales, incluyendo el perjurio, que la información contenida en el informe es una contabilidad veraz y exacta de los fondos recibidos y gastados durante la celebración del evento anual.

(f) (1) Una organización 501(c)(3) que haya recibido autorización para realizar un evento anual, o para realizar un evento anual en múltiples lugares, puede, a discreción de la organización, cancelar un evento anual, o, si se autoriza en múltiples lugares, cancelar un lugar del evento anual; siempre que:
(A) Se presente una declaración jurada del presidente, presidente o director administrativo de la organización 501(c)(3) ante el secretario y el director de las fuerzas de seguridad del condado o municipio en la que se declare la cancelación del evento anual o de una ubicación de un evento anual en varias ubicaciones, así como la naturaleza de la cancelación, en un plazo de diez (10) días naturales a partir de la decisión de cancelar el evento o la ubicación. Dicha cancelación se publicará en el sitio web del secretario. Sin perjuicio de cualquier disposición contraria de este capítulo, si se cancela un evento anual en una única ubicación, no se requerirá ninguna otra notificación al jefe de las fuerzas del orden del condado o municipio ni una contabilidad financiera, salvo lo dispuesto en la subdivisión (f)(1)(B); si se cancela una ubicación de un evento anual en múltiples ubicaciones, no se requerirá ninguna otra notificación al jefe de las fuerzas del orden del condado o municipio de la ubicación cancelada; y
(B) Si la cancelación se produce después del inicio de la venta de entradas, participaciones, oportunidades o registros similares, se ofrecerá un reembolso completo durante al menos noventa (90) días tras la cancelación; siempre que, si se cancela una ubicación de un evento anual con múltiples ubicaciones, sólo se requiera ofrecer entradas, participaciones, oportunidades o registros similares para la ubicación cancelada durante al menos noventa (90) días tras la cancelación. Las organizaciones 501(c)(3) deberán notificar públicamente la cancelación con una antelación razonable en la zona en la que se vendieron las entradas, participaciones, oportunidades o registros similares, incluyendo las condiciones del reembolso ofrecido. Dichas condiciones se incluirán en la declaración jurada exigida en virtud de la subdivisión (f)(1)(A), incluida una dirección postal o física para presentar una reclamación de reembolso; y, en un plazo de noventa (90) días a partir de la cancelación de un evento anual, o de una ubicación de un evento anual con múltiples ubicaciones, la organización presentará una contabilidad de las entradas vendidas, los reembolsos realizados y los ingresos de las entradas restantes ante el secretario y el jefe de las fuerzas de seguridad del condado o municipio. Los ingresos de las entradas restantes se utilizarán para promover los fines o programas benéficos descritos en ß 3-17-104(a)(19) de la solicitud de evento anual de la organización.

(2) Ningún evento anual cancelado conforme a las disposiciones de este inciso (f) podrá realizarse durante el período del evento anual. Ningún evento anual de ubicación múltiple para el cual se cancela una ubicación de conformidad con las disposiciones de esta subsección (f) puede llevarse a cabo en dicha ubicación cancelada durante el período del evento anual.

(g) (1) Sin perjuicio de cualquier otra disposición contraria de esta sección, para los eventos anuales autorizados realizados conforme a las solicitudes presentadas según las disposiciones de ßß 3-17-103(f) y 3-17-104(e), la organización deberá presentar una contabilidad financiera, en un formulario prescrito por el secretario, que incluya lo siguiente:
(A) La cantidad bruta de dinero recibida del evento anual;
(B) La cantidad gastada en premios y costes administrativos; y
(C) La cantidad de dinero desembolsada, o que se desembolsará, para los programas o fines benéficos de la organización 501(c)(3).

(2) (A) Si el secretario determina que los ingresos brutos declarados en la subdivisión (g)(1) superan los cinco mil (5.000) dólares, la organización 501(c)(3) deberá remitir al secretario la totalidad de la cuota de solicitud exigida en virtud del ß 3-17-104(c)(2), menos la cuota reducida remitida con la solicitud del evento anual. Todo pago que deba remitirse en virtud de la presente subdivisión (g)(2)(A) deberá presentarse junto con el informe de contabilidad financiera.
(B) Toda organización que deba remitir un pago adicional en virtud de la subdivisión (g)(2)(A) deberá abonar, en el siguiente período de solicitud de manifestación anual, la totalidad de la tasa de solicitud exigida en virtud del ß 3-17-104(c)(2).

§ 3-17-107. Registros anuales de eventos; divulgación

Las solicitudes, los informes y todos los demás documentos e información que deban presentarse en virtud de este capítulo, o por el secretario, serán registros públicos en la oficina del secretario. El secretario, a su discreción, podrá compilar, resumir, publicar o divulgar al público cualquier información contenida en las solicitudes y cualquier otro documento presentado o recibido por el secretario en virtud de este capítulo.

§ 3-17-108. Registros anuales de eventos; mantenimiento e inspección

(a) Toda organización 501(c)(3) sujeta a las disposiciones de este capítulo y a las normas y reglamentos prescritos por el secretario, deberá mantener:

(1) Registros fiscales veraces y exactos que incluyan, entre otros, todos los ingresos y gastos; y

(2) Registros fidedignos y exactos relativos a la celebración de cualquier evento anual, incluyendo los registros de cualquier documento, información, notificación o solicitud que deba prepararse o presentarse en virtud del presente capítulo. Salvo disposición en contrario, dichos registros se conservarán durante un período mínimo de cinco (5) años a partir de la fecha del evento al que se refieran.

(b) Previa solicitud y en un momento y lugar razonables dentro de Tennessee, dichos registros, así como cualquier otro registro relativo a eventos anuales dentro de este estado, se pondrán a disposición del secretario, del comité de supervisión de juegos benéficos de la corporación de lotería educativa de Tennessee, del fiscal general y del reportero, o de un fiscal general de distrito apropiado para su inspección.

§ 3-17-109. Premios y galardones del evento anual; ganadores

(a) Ningún boleto, acción, suerte o registro similar será comprado por y ningún premio o recompensa será pagado a:

(1) Cualquier miembro de la junta directiva de una organización 501(c)(3) autorizada por la asamblea general a organizar un evento anual para dicha organización;

(2) Cualquier directivo o empleado de una organización 501(c)(3) autorizado por la asamblea general a organizar un evento anual para dicha organización;

(3) Cualquier miembro de la familia inmediata de cualquier persona descrita en las subdivisiones (a)(1) o (a)(2) que resida como miembro del mismo hogar en el lugar de residencia principal de dicha persona;

(4) Cualquier miembro de la asamblea general durante el mandato de dicho miembro como miembro de la asamblea general; o

(5) El secretario o cualquier empleado del secretario durante el mandato del secretario y el período de empleo de dicho empleado con el secretario.

(b) Ningún boleto, acción, oportunidad o registro similar para cualquier evento anual específico autorizado será comprado por, y ningún premio o recompensa será pagado a:

(1) Cualquier persona que proporcione servicios de impresión, servicios telefónicos y cualquier registro, dispositivo u otros suministros relacionados con el juego para llevar a cabo dicho evento anual específico autorizado;

(2) Cualquier funcionario, empleado, agente o subcontratista de cualquier persona descrita en la subdivisión (b)(1); o

(3) Cualquier miembro de la familia inmediata de cualquier persona descrita en las subdivisiones (b)(1) o (b)(2) que resida como miembro del mismo hogar en el lugar de residencia principal de dicha persona.

(c) A efectos del presente artículo, se entenderá por "familiares directos" el cónyuge, los hijos, los hijastros, los hermanos, los yernos, las nueras, los padres y los abuelos.

(d) Ningún boleto, acción, oportunidad o registro similar para cualquier evento anual específico autorizado será comprado por, y ningún premio o recompensa será pagado a, cualquier individuo que proporcione premios o cualquier miembro de la familia inmediata de cualquier individuo que proporcione premios que resida como miembro del mismo hogar en el lugar principal de residencia de dicho individuo.

§ 3-17-110. Premios y galardones anuales; valor

(a) La entrada, acción, chance u otro registro similar deberá llevar en su cara el nombre de la organización 501(c)(3) en cuyo nombre se realiza el evento.

(b) Todos los premios en efectivo superiores a cincuenta dólares ($50,00) se pagarán mediante cheque de una cuenta designada de la organización a una persona determinada. En el caso de premios que no sean en efectivo, el pago se efectuará en forma de bienes o servicios y, si procede, mediante un instrumento legal apropiado, incluyendo, entre otros, escrituras, títulos y certificados de regalo. Quedan expresamente prohibidos los cheques u otros instrumentos legales pagaderos "en efectivo" o "al portador".

(c)(1) En el caso de eventos anuales en un solo lugar, el valor total de todos los premios otorgados por evento anual no excederá los doscientos cincuenta mil dólares ($250 000); siempre que dicha limitación no se aplique a los premios de bienes inmuebles.

(2) En el caso de eventos anuales con múltiples sedes, el valor total de todos los premios otorgados por sede del evento anual no excederá los ciento cincuenta mil dólares ($150 000); siempre que dicha limitación no se aplique a los premios de bienes inmuebles.

(3) No obstante lo dispuesto en las subdivisiones (c)(1) y (2), en el caso de los eventos anuales celebrados de conformidad con las solicitudes presentadas en virtud de lo dispuesto en §§ 3-17-103(f) y 3-17-104(e), el valor total de todos los premios concedidos por evento anual no excederá de veinticinco mil dólares ($25 000).

(d) Las organizaciones 501(c)(3) autorizadas que ofrezcan un premio de bienes inmuebles conforme a las disposiciones de la subsección (c) podrán ofrecer un premio equivalente en efectivo que no exceda el valor justo de mercado de los bienes inmuebles; siempre que dicho premio equivalente en efectivo se divulgue en las reglas del evento anual específico antes de la venta de cualquier boleto, acción, oportunidad u otro registro similar para dicho evento anual y, si se otorga un premio equivalente en efectivo, deberá cumplir con las disposiciones de la subsección (b).

§ 3-17-111. Infracciones; inhabilitación para presentar solicitudes de eventos anuales.

Toda persona que sea condenada por una infracción de los §§ 39-16-702 o 39-16-703, o del título 39, capítulo 17, partes 5 y 6, quedará inhabilitada permanentemente para presentar una solicitud de evento anual.

§ 3-17-112. Derecho preferente de compra

La asamblea general, al promulgar este capítulo, tiene la intención de adelantarse a cualquier otra regulación del área cubierta por las disposiciones de este capítulo. Ninguna subdivisión política o agencia puede promulgar o hacer cumplir una ley, ordenanza, resolución o reglamento que regule o prohíba cualquier conducta en el área cubierta por este capítulo.

§ 3-17-113. Cumplimiento – Sanciones – Audiencias – Investigaciones

(a) El secretario puede investigar pública o privadamente, según lo considere necesario, a cualquier persona u organización que el secretario tenga razones para creer que ha infracción cualquier disposición de este capítulo. El secretario podrá imponer una sanción civil contra cualquier persona u organización 501(c)(3) que no exceda de cincuenta mil dólares ($50 000) por la infracción de este capítulo o de cualquier norma o reglamento adoptado de conformidad con las disposiciones de este capítulo. Cualquier audiencia sobre la imposición de una sanción civil en virtud de las disposiciones de esta sección se realizará de conformidad con la Ley de Procedimientos administrativos uniformes, compilada en el título 4, capítulo 5.

(b) La Oficina de investigación de Tennessee tendrá jurisdicción sobre las infracciones de los artículos ßß 39-17-651 - 39-17-657 y los informes de mala conducta oficial relativos a las disposiciones de este capítulo, e investigará dichas infracciones, de conformidad con las disposiciones del título 38, capítulo 6, parte 1.

(c) Las disposiciones de la subsección (a) se aplicarán a las solicitudes y eventos anuales que se realicen a partir del 1 de julio de 2005.

§ 3-17-114. Revisión de antecedentes penales; inmunidad

(a) El secretario de estado podrá establecer, mediante normas y reglamentos debidamente promulgados, los procedimientos y criterios para exigir y obtener la verificación de antecedentes penales de los funcionarios, directores, fideicomisarios y el principal funcionario asalariado del personal ejecutivo que se encargará del evento anual de una organización 501(c)(3). No se verificarán los antecedentes de ninguna de estas personas a menos que el secretario encuentre una causa justificada, basada en criterios objetivos, de que la información contenida en la solicitud del evento anual, o en la documentación de apoyo, es ambigua, falsa o insuficiente; siempre que pueda exigirse una verificación de antecedentes por causa justificada si se basa en información fiable de una agencia de aplicación de la ley. El Secretario del estado podrá recurrir a la Oficina de investigación de Tennessee o a la Oficina federal de investigación para realizar comprobaciones de antecedentes penales.

(b) Los procedimientos y pagos de los costos asociados a las revisiones de antecedentes penales se regirán por los §§ 38-6-103 y 38-6-109. La organización 501(c)(3) que haya presentado una solicitud de evento anual será responsable del pago de todas las revisiones de antecedentes penales exigidas por esta sección. El Secretario de estado no pagará ninguna revision de antecedentes penales exigida por este artículo.

(c) Las revisiones de antecedentes penales pueden incluir revisión de huellas dactilares con los registros de antecedentes penales estatales y federales mantenidos por la oficina de investigación de Tennessee y la oficina de investigación federal.

(d) El secretario de estado no podrá ser demandado por negarse a aprobar la realización de un evento anual basándose en la información sobre antecedentes penales recibida de conformidad con esta sección.

(e)(1) En caso de que el secretario establezca procedimientos y criterios para exigir y obtener revisiones de antecedentes penales, dichas revisiones no se realizarán a funcionarios, directores o fideicomisarios que no reciban remuneración por sus funciones relacionadas con la organización 501(c)(3).

(2) En caso de que el secretario establezca procedimientos y criterios para exigir y obtener la verificación de antecedentes penales, dichas disposiciones sólo se aplicarán a las solicitudes de eventos anuales para la operación de eventos anuales que se realicen a partir del 1 de julio de 2005.

§ 3-17-115. Normas y reglamentos de la Secretaría de estado

(a) El secretario de estado está autorizado a promulgar reglas y regulaciones según el secretario de estado considere necesario para efectuar los propósitos de este capítulo. Todas estas normas y reglamentos se promulgarán de conformidad con las disposiciones de la Ley de procedimientos administrativos uniformes, compilada en el título 4, capítulo 5.

(b) No obstante los artículos ßß 4-5-208 y 4-5-209 o cualquier otra ley que disponga lo contrario, el Secretario de estado está autorizado a promulgar normas de emergencia para aplicar este capítulo.

§ 3-17-116. Reglamento de la Comisión de reclamaciones

(a) La comisión de reclamaciones de Tennessee está autorizada a promulgar normas y reglamentos que la comisión considere necesarios para llevar a cabo los propósitos de este capítulo. Todas estas normas y reglamentos se promulgarán de conformidad con las disposiciones de la Ley de procedimientos administrativos uniformes, compilada en el título 4, capítulo 5.

(b) No obstante los artículos ßß 4-5-208 y 4-5-209 o cualquier otra ley que disponga lo contrario, la Comisión de reclamaciones de tennessee está autorizada a promulgar normas de emergencia para aplicar este capítulo.

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