Leyes de Vermont sobre juegos benéficos

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§ 2143. Organizaciones sin fines de lucro

(a) No obstante las disposiciones de este capítulo, una organización sin fines de lucro, según se define en la subdivisión 10201(5) del Título 32, puede organizar y ejecutar, y un individuo puede participar en loterías, rifas u otros juegos de azar con el propósito de recaudar fondos para ser utilizados en empresas benéficas, religiosas, educativas y cívicas o utilizados por organizaciones fraternales para proporcionar apoyo directo a empresas benéficas, religiosas, educativas o cívicas con las que están afiliadas. Salvo lo dispuesto en la subsección (d) de esta sección, las máquinas de juego y otros dispositivos mecánicos descritos en la sección 2135 de este título no se utilizarán bajo la autoridad de esta sección.

(b) Una organización sin fines de lucro podrá, no obstante lo dispuesto en el Título 7, distribuir o utilizar bebidas alcohólicas como premios, recompensas, ganancias en cualquier lotería, rifa u otro juego de azar.

(c) Una persona no podrá llevar a cabo un juego de bingo en el que los números elegidos se comunican electrónicamente o por satélite a los jugadores en otro lugar.

(d) Los eventos de casino estarán limitados de la siguiente manera:
(1) Un lugar puede ser el sitio de no más de:
(A) un evento de casino en cualquier trimestre calendario; o
(B) tres eventos de casino en cualquier año calendario, siempre y cuando haya al menos 15 días entre cada evento.
(2) Un lugar que sea propiedad de una organización sin ánimo de lucro, según se define en 32 V.S.A. ß 10201(5), puede ser el lugar de no más de tres eventos de casino en cualquier trimestre natural y no más de 12 eventos de casino en cualquier año natural, siempre que haya al menos 15 días entre cada evento.
(3) Una organización sin ánimo de lucro, según se define en 32 V.S.A. ß 10201(5), puede organizar y ejecutar no más de:
(A) un evento de casino en cualquier trimestre natural; o
(B) tres eventos de casino en cualquier año natural, siempre que haya al menos 15 días entre cada evento.
(4) A los efectos de esta subsección, "evento de casino" significa un evento celebrado durante cualquier período de 24 horas en el que se lleve a cabo cualquier juego de cambio excepto los prohibidos por 13 V.S.A. ß 2135(a)(1) o (2). Un "evento de casino" no incluirá una feria, bazar, días de campo, chuck-a-luck u otros juegos de este tipo comúnmente llevados a cabo en tales eventos, o boletos abiertos, bingo, lotería o rifa.

(e) Los juegos de azar estarán limitados de la siguiente manera:
(1) Todos los ingresos recaudados por un juego de azar se utilizarán exclusivamente para fines caritativos, religiosos, educativos y cívicos después de deducir:
(A) los gastos razonables, determinados por el valor justo de mercado, de la compra o alquiler de materiales y equipos utilizados para el juego de azar y de la impresión de anuncios, así como de la compra directa de publicidad a través de medios de comunicación establecidos, como periódicos, radio y televisión; y
(B) los gastos razonables, determinados por el valor justo de mercado, del alquiler de los locales en los que se ejecuta el juego de cambio, excepto el alquiler pagado antes del 1 de agosto de 1994, en virtud de un contrato de arrendamiento por escrito en vigor el 1 de junio de 1994 y no sujeto a cancelación, que podrá deducirse, independientemente de que dicho alquiler sea o no razonable, así como las reparaciones y el mantenimiento de los locales para las organizaciones sin ánimo de lucro que sean propietarias de los mismos; y
(C) los premios otorgados a los jugadores según lo limitado en la subdivisión (4) de esta subsección; y
(D) los pagos a personas según lo limitado en la subdivisión (2) de esta subsección.

(2) Una organización sin fines de lucro que organice y ejecute un juego de azar no pagará a ninguna persona, y ninguna persona recibirá, ningún honorario, comisión, salario, sueldo, recompensa, propina, donación u otra remuneración superior a $2 000,00 en cualquier año natural por organizar o ejecutar juegos de azar o por trabajar en el lugar de un juego de azar. Los refrigerios o comidas proporcionados a un voluntario mientras trabaja en el lugar no se considerarán compensación. No obstante las disposiciones de esta subdivisión, una organización sin fines de lucro que organice y ejecute juegos de azar no podrá pagar más de $15 000,00 en total durante un año natural a todas las personas por organizar, ejecutar o trabajar en un juego de azar. Al calcular las limitaciones de pagos a personas contenidas en esta subdivisión, sólo se considerará la parte de la remuneración de una persona atribuible a los juegos de azar.

(3) Una organización sin fines de lucro no permitirá que ninguna persona que no haya alcanzado la mayoría de edad organice o ejecute un juego de azar. Una persona que no haya alcanzado la mayoría de edad podrá trabajar realizando servicios en un juego de azar que no estén relacionados con la ejecución del juego de azar.

(4) Una organización sin fines de lucro puede ofrecer un premio por un valor no mayor a $400,00 por un solo juego de azar, excepto que la organización sin fines de lucro puede ofrecer un premio por un valor no mayor a $1 000,00 por un juego por día, un premio por un valor no mayor a $5 000,00 por un juego por mes natural y un premio de un vehículo motorizado, arma de fuego, motocicleta o moto acuática por un valor no mayor a $50 000,00 por un juego por año natural. Una organización sin fines de lucro puede exceder las limitaciones de premios anteriores en cuatro días por año natural, si los días son por lo menos 20 días en parte y el dinero total del premio ofrecido para todos los juegos ejecutados en el día no exceda de $ 20 000,00.

(5) Una organización sin fines de lucro no permitirá que una persona que organice, ejecute o trabaje en un juego de azar participe en otro juego de azar organizado o ejecutado por dicha organización sin fines de lucro el mismo día.

(6) Una organización sin fines de lucro no podrá organizar y ejecutar juegos de azar en más de dos días en cualquier semana calendario, ni se organizarán y ejecutarán juegos de azar en cualquier lugar en más de dos días en cualquier semana calendario, excepto que:
(A) Los eventos de casino pueden llevarse a cabo sólo como se permite en la subsección (d) de esta sección.
(B) Los boletos Break-open pueden comprarse y distribuirse únicamente según lo dispuesto en 32 V.S.A. capítulo 239.
(C) Una organización sin fines de lucro puede organizar y ejecutar juegos de azar en tres días consecutivos no más de dos veces en cualquier año calendario siempre que haya al menos 90 días entre cada evento.
(D) Las ferias agrícolas calificadas para recibir un estipendio estatal de conformidad con 31 V.S.A. ß 617 pueden organizar y ejecutar juegos de azar durante no más de 12 días consecutivos durante la feria una vez cada año calendario.
(E) Una organización sin fines de lucro puede organizar y ejecutar juegos de azar en un lugar utilizado por otra organización sin fines de lucro que resulte en que el lugar se utilice más de dos días a la semana si todas las organizaciones sin fines de lucro que utilizan el lugar existían el 1 de enero de 1994, y no están afiliadas entre sí o bajo control común.

(7) Una organización sin fines de lucro no permitirá a sabiendas que organice o ejecute un juego de azar ninguna persona que haya sido condenada por un delito, en los últimos 10 años, en virtud de las leyes de este estado o de cualquier otro estado, gobierno o país que, de haberse cometido en este estado, constituiría un delito penal grave. Ninguna persona que haya sido condenada por tal delito podrá organizar o ejecutar un juego de azar.

(f) Una organización sin fines de lucro que organice y ejecute un juego de azar bajo la subsección (a) de esta sección deberá presentar informes financieros al comisionado de impuestos de la siguiente manera:
(1) Para una organización sin fines de lucro que deba presentar los formularios de impuestos federales 990 o 990T, o ambos, copias de dichos formularios dentro de los 30 días de la fecha de presentación requerida por el Servicio de Impuestos Internos.

(2) Para una organización sin fines de lucro que haya recaudado más de $10,000.00 durante el año anterior de la organización y ejecución de juegos de azar y no esté obligada a presentar los formularios de impuestos federales 990 o 990T, un informe financiero para el año anterior, antes del 15 de junio de cada año, que contenga toda la información siguiente:
(A) Una lista detallada de todos los gastos realizados para la compra o alquiler de materiales y equipos utilizados para los juegos de azar y de la impresión de anuncios, y de la compra directa de publicidad a través de medios de comunicación establecidos, tales como periódicos, radio y televisión.
(B) Una lista detallada de todos los gastos efectuados a todas las personas para organizar, ejecutar o trabajar en un juego de azar y de los gastos de alquiler de los locales en los que se ejecutan los juegos de azar.
(C) El importe de todos los premios concedidos.
(D) Una lista detallada de todos los desembolsos para obras benéficas, religiosas, educativas y cívicas.
(E) Una lista detallada de todos los fondos recaudados de la organización y ejecución de juegos de azar.

(3) En el caso de una organización sin fines de lucro que esté obligada a retener impuestos sobre la renta de Vermont de las ganancias del juego de conformidad con 32 V.S.A. ß 5841(a), un informe financiero en el que se describan las cantidades retenidas, en un plazo de 30 días a partir de la fecha de presentación exigida por el Servicio de impuestos internos o antes del 15 de junio de cada año, según proceda.

(4) Si el informe financiero requerido no se presenta dentro de los 30 días posteriores a la fecha de vencimiento del informe o no contiene la información requerida por esta subsección, el comisionado de impuestos puede iniciar una acción en un tribunal superior contra la organización sin fines de lucro para obtener medidas cautelares que restrinjan la organización y ejecución de juegos de azar por parte de dicha organización. El estado no estará obligado a demostrar un perjuicio inmediato e irreparable para que se le conceda una medida cautelar.

(g) El comisionado de impuestos diseñará los formularios financieros requeridos por la subsección (f) de esta sección y los pondrá a disposición de quien los solicite.

(h) El comisionado de impuestos proporcionará los informes financieros requeridos por la subsección (f) de esta sección al fiscal general a petición, sin perjuicio de las disposiciones de 32 V.S.A. ß 3102.

(i) Una persona que intencionalmente infringe la subsección (a) de esta sección será multada con no más de $500,00.

(j) Una persona que intencionalmente infringe la subsección (c), (d), (e) o (f) de esta sección será multada con no más de $10 000,00 por la primera ofensa y multada con no más de $100 000,00 o encarcelada por no más de tres años, o ambas, por cada ofensa subsiguiente.

(k) Una organización sin fines de lucro que organice y ejecute un juego de azar bajo la subsección (a) de esta sección deberá permitir a sus miembros examinar los libros y registros financieros relacionados con las actividades de juego de la organización en cualquier momento razonable y, previa solicitud, deberá proporcionar fotocopias de estos registros a sus miembros al costo.

§ 2143a. Partidos políticos

No obstante lo dispuesto en el presente capítulo, un partido político, organizado con arreglo al capítulo 45 del título 17, podrá organizar y ejecutar, y un particular podrá participar en rifas, cuyo producto se destinará a empresas compatibles con la finalidad de los partidos políticos.

§ 2143b. Concursos y sweepstakes

No obstante lo dispuesto en el presente capítulo, una persona podrá organizar, ejecutar o participar en un concurso o juego de azar, incluidos los sorteos, siempre que las personas que participen en el concurso o juego de azar no estén obligadas a aportar dinero u otros objetos de valor. El costo del envío por correo de una participación no se considerará una aportación de dinero u otros objetos de valor.

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