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Editor: Philip Conneller
Como periodista, Philip Conneller ha cubierto la industria del juego durante las dos últimas décadas. Como editor, formó parte del equipo que lanzó Bluff Magazine en pleno auge del póquer. Ahora, como escritor y reportero, se centra en la ley del juego, el juego tribal, la política, el crimen y la regulación.

Iowa es un gran lugar para divertirse con juegos en vivo, pero no tan bueno para las personas que quieren apostar en línea por dinero real.

El juego en Iowa está restringido en su mayoría a 19 casinos con licencia estatal y cuatro locales tribales. El estado legalizó las apuestas deportivas online en 2019, pero los juegos de casino y póquer online siguen sin estar regulados.

El juego ilegal está contemplado en el Código de Iowa 99 (casas de juego) y siguientes y en el Código de Iowa 725.5 (juegos de azar y apuestas) y siguientes. Estos estatutos dejan claro que usted está infringiendo la ley si "participa en un juego por cualquier suma de dinero u otra propiedad de cualquier valor" o "hace cualquier apuesta" con un operador de juego sin licencia.

El juego ilegal va desde un delito menor grave para los primeros infractores con apuestas bajas hasta un delito grave de clase C por un tercer delito cuando hay mucho dinero de por medio. Eso puede suponerle hasta diez años de prisión y una multa máxima de 10.000 dólares.

Cosas que dan miedo. Pero los castigos más severos se reservan a quienes operan en el juego ilegal. Aunque en teoría se podría ser procesado simplemente por jugar en sitios extraterritoriales, ningún residente de Iowa (ni de ningún otro lugar de Estados Unidos) ha sido perseguido por las autoridades por hacerlo.

Hasta principios de la década de 1970, el juego estaba prohibido por la Constitución. Pero la detención del sacerdote católico Carl Ruhland en 1971 en la pequeña localidad de North Buena Vista por organizar un picnic que incluía juegos de azar benéficos provocó la indignación pública. Los residentes del estado revocaron la prohibición en un referéndum celebrado en 1972.

En 1973, Iowa legalizó el bingo benéfico, las rifas y otros juegos de azar con apuestas bajas, lo que allanó el camino a la industria de los casinos del estado.

PermitidoNotas
Juegos de azar en tierraVeinte casinos y tres hipódromos
Juego en líneaDeportes de fantasía diarios, apuestas deportivas para móviles y juegos de habilidad
Lotería -
Juegos BenéficosBingo, rifas y otros juegos de azar con apuestas bajas
Edad mínima para jugar18 para lotería, bingo, 21 casinos-

Casinos de Iowa

En 1989, Iowa se convirtió en el primer estado en aprobar el juego en barcos fluviales, inicialmente con estrictos límites en las apuestas y un tope en las ganancias. Las normas establecían que los barcos debían realizar periódicamente excursiones para que los negocios pudieran calificarse de "juego en barcos de excursión".

Estos requisitos se suprimieron en 1993, y poco a poco los casinos de Iowa empezaron a trasladarse a tierra firme. En la actualidad, sólo quedan dos casinos flotantes.

Iowa tiene cuatro casinos tribales. En 1992 se negociaron convenios para permitir a tres tribus reconocidas a nivel federal, la Winnebago, la Omaha y la Sac and Fox, explotar juegos de clase III en sus reservas. En 2020 se negoció un cuarto acuerdo con la tribu Ponca de Nebraska.

Los casinos de Iowa suelen ofrecer slots y una selección de juegos de mesa. Algunos también tienen salas de póquer. Los mayores lugares de juego se encuentran en Altoona (Prairie Meadows Casino and Hotel), Council Bluffs (Horseshoe Council Bluffs), Riverside (Riverside Casino and Golf Course), Waterloo (Isle Casino Hotel Waterloo) y Council Bluffs (Ameristar Hotel Casino Council Bluffs).

Los casinos comerciales están regulados por la Comisión de Carreras y Juego de Iowa.

Juegos de azar en línea en Iowa

Iowa no ha regulado los casinos online ni el póquer online y no hay leyes que se refieran específicamente al juego digital. Nunca se ha procesado a nadie en Iowa por jugar en sitios extraterritoriales.

La legislatura de Iowa legalizó las apuestas deportivas en 2019 y actualmente operan en el mercado 18 sportsbooks online. Al mismo tiempo, también se legalizaron y regularon los deportes de fantasía diarios. Debes estar ubicado dentro del estado para participar.

Póquer en Iowa

Los casinos de Iowa gestionan un total de 11 salas de póquer. Las más grandes son las del Horseshoe Casino Council Bluffs (18 mesas), el Meskwaki Casino (15 mesas) y el Riverside Casino (10 mesas). Aparte de las noches de juego organizadas por organizaciones benéficas autorizadas, está prohibido jugar al póquer con dinero real fuera de esos establecimientos. También se encuentra prohibido el póquer en línea en Iowa, aunque nunca se ha procesado a nadie por jugar en sitios extraterritoriales.

Apuestas mutuas en Iowa

Las apuestas mutuas se autorizaron en Iowa en 1983. Las carreras de caballos comenzaron dos años más tarde en varios hipódromos del estado. Ese mismo año se inauguró Dubuque Greyhound Park (ahora Q Casino), el primer canódromo sin ánimo de lucro del país. En 1989, se inauguró el primer hipódromo comercial de Iowa, Prairie Meadows, en Altoona.

En 1994 se permitió a ambos locales añadir máquinas de slots y en 2004 juegos de mesa, convirtiéndose en casinos de pleno derecho o "racinos". En la actualidad, también operan apuestas deportivas.

Las carreras de perros en directo cesaron en Dubuque en 2020. Ambos hipódromos pueden retransmitir carreras de otros estados en sus instalaciones con fines de apuestas.

Loterías de Iowa

Creada en 1985, la Lotería de Iowa ofrece juegos de sorteo locales y multiestatales, incluidos Powerball y Mega Millions, así como juegos de rasca y tira. La lotería ofrece una aplicación móvil oficial, pero la venta de boletos en línea no está permitida, por lo que la utilidad de la aplicación se limita a escanear boletos para participar en promociones y comprobar los últimos números ganadores.

Bingo de Iowa

El bingo es un juego benéfico popular en Iowa desde 1973. También está disponible en los casinos tribales. Pero las salas de bingo privadas y comerciales no están permitidas. Los residentes de Iowa tampoco tienen acceso a ninguna plataforma de bingo por Internet autorizada.

Preguntas frecuentes sobre el juego en Iowa

¿Hay casinos en Iowa?

Sí, en Iowa hay 19 casinos con licencia estatal y cuatro tribales que ofrecen slots, apuestas deportivas y una amplia gama de juegos de mesa.

¿Existen las apuestas deportivas en Iowa?

Sí, Iowa legalizó las apuestas deportivas terrestres y móviles en 2019. Puedes encontrar apuestas deportivas minoristas en sus casinos y hipódromos, mientras que 18 apuestas deportivas online operan actualmente en el mercado.

¿Puedo jugar legalmente por Internet en Iowa?

Sí y no. Se puede apostar en línea utilizando plataformas de apuestas deportivas y DFS, pero el casino y el póquer en línea no han sido legalizados ni regulados.

¿Puedo jugar al póquer en Iowa?

Se puede jugar al póquer en vivo en la mayoría de los casinos de Iowa. Las partidas privadas en casa y el póquer online jugado por dinero no han sido legalizados.

¿Hay lotería en Iowa?

Sí, la Lotería de Iowa de 1985 ofrece juegos de sorteo locales y multiestatales, incluidos Powerball y Mega Millions, así como juegos de rasca y gana y pull-tabs. No hay venta de billetes online.

Código de Iowa

703.1 Complicidad.

Todas las personas implicadas en la comisión de un delito público, tanto si cometen directamente el acto constitutivo del delito como si colaboran en su comisión, serán acusadas, juzgadas y castigadas como autores. La culpabilidad de una persona que colabore en la comisión de un delito deberá determinarse en función de los hechos que demuestren la participación de dicha persona en el mismo, y no dependerá del grado de culpabilidad de otra persona.

725.5 Mantenimiento de casas de juego.

Cualquier persona que mantenga una casa, tienda o lugar al que se recurra con el fin de apostar, o permita a cualquier persona en cualquier casa, tienda u otro lugar bajo el control o cuidado de la persona realizar apuestas o jugar a las cartas, dados, faro, ruleta, igualdad, punchboard, máquina de slots u otro juego por dinero u otra cosa, comete un delito menor grave.

725.6 Definición de "guardián".

En un proceso en virtud del artículo 725.5, cualquier persona que tenga a su cargo o atienda una casa, tienda o lugar de este tipo será su guardián.

725.7 Juegos y apuestas -- sanción.

1. Excepto en los casos permitidos en los capítulos 99B [bingo] y 99D [hipódromos], una persona no podrá realizar ninguna de las siguientes acciones:

a. Participar en un juego por cualquier suma de dinero u otra propiedad de cualquier valor.
b. Hacer cualquier apuesta.
c. Por una tarifa, directa o indirectamente, dar o aceptar cualquier cosa de valor para ser apostada o para ser transmitida o entregada para una apuesta a ser colocada dentro o fuera del estado de Iowa.
d. A cambio de una comisión, entregar cualquier cosa de valor que se haya recibido fuera del recinto de un hipódromo autorizado en virtud del capítulo 99D para que se coloque como apuesta en la quiniela pari-mutuel u otros sistemas autorizados de apuestas.
e. Participar en apuestas.

2. Una persona que viole esta sección es culpable de lo siguiente:

a. Juego ilegal en cuarto grado si la suma de dinero o el valor de otros bienes implicados no excede de cien dólares. Constituye juego ilegal en cuarto grado lo siguiente:

(1) Un delito menor grave por una primera infracción.
(2) Un delito menor agravado por una segunda infracción.
(3) Un delito grave de clase "D" por una tercera infracción.
(4) Un delito grave de clase "C" por una cuarta infracción o infracciones posteriores.

b. Juego ilegal en tercer grado si la suma de dinero o el valor de otros bienes implicados supera los cien dólares pero no excede de quinientos dólares. Constituye juego ilegal en tercer grado lo siguiente:

(1) Un delito menor agravado por una primera infracción.
(2) Un delito grave de clase "D" por una segunda infracción.
(3) Un delito grave de clase "C" por una tercera infracción o infracciones posteriores.

c. Juego ilegal en segundo grado si la suma de dinero o el valor de otros bienes involucrados supera los quinientos dólares pero no excede los cinco mil dólares. Constituye juego ilegal en segundo grado lo siguiente:

(1) Un delito grave de clase "D" por una primera infracción.
(2) Un delito grave de clase "C" por una segunda infracción o infracciones posteriores.

d. Juego ilegal en primer grado si la suma de dinero o el valor de otros bienes implicados supera los cinco mil dólares. El juego ilegal en primer grado constituye un delito grave de clase "C".

725.8 Apuestas -- confiscación.

La propiedad, ya sea real o personal, ofrecida como apuesta, o cualquier dinero, propiedad u otra cosa de valor apostada, pagada, apostada, apostada, puesta o depositada en conexión con o como parte de cualquier juego de azar, lotería, esquema o dispositivo de juego, empresa de regalos u otro esquema comercial ilegal bajo las leyes de este estado será confiscada para el estado y dicha propiedad personal puede ser confiscada y dispuesta bajo el capítulo 809.

725.9 Prohibida la posesión de dispositivos de juego -- excepción para la fabricación.

1. Por "máquina de slots antigua " se entiende una máquina de slots de veinticinco años o más.

2. Por " máquina de pinball antigua " se entiende una máquina de pinball que tenga veinticinco años o más.

3.  "Dispositivo de juego "  se considerará todo dispositivo utilizado, adaptado o diseñado para ser utilizado con fines de juego e incluirá, entre otros, ruletas, mesas de klondike, tableros de perforación, diseños de faro, diseños de keno, billetes de números, máquinas de slots, máquinas de pinball, tarjetas de empuje, billetes de jackpot y fichas de tiro. No obstante, el término "dispositivo de juego" no incluye las máquinas de slots antiguas, las máquinas de pinball antiguas ni ningún dispositivo fabricado y puesto a la venta de forma habitual y vendido como juguete, con la salvedad de que cualquier uso de un juguete, máquina tragamonedas antigua o máquina de pinball antigua con fines de juego constituye un juego ilegal.

4. Toda persona que, de cualquier modo o con cualquier fin, salvo en el marco de un procedimiento de destrucción del dispositivo, tenga en su poder o bajo su control un dispositivo de juego es culpable de un delito menor grave.

5. Este capítulo no prohíbe la posesión de dispositivos de juego por un fabricante o distribuidor si la posesión es únicamente para la venta fuera del estado en otra jurisdicción donde la posesión del dispositivo es legal o para la venta en el estado o el uso en el estado si el uso está autorizado de conformidad con el capítulo 99B o el capítulo 99G.

725.10 Venta de piscinas -- lugares utilizados.

Toda persona que registre apuestas o apueste o venda quinielas sobre el resultado de cualquier prueba o concurso de habilidad, velocidad o capacidad de resistencia humana o animal, o sobre el resultado de cualquier nominación o elección política, y toda persona que mantenga un lugar con el fin de hacer tal cosa, y todo propietario, arrendatario, u ocupante de cualquier local que, a sabiendas, permita que el mismo, o cualquier parte del mismo, se utilice para tal fin, y cualquier persona que, como custodio o depositario del mismo, por cuenta ajena o recompensa, reciba cualquier dinero, propiedad o cosa de valor apostada, apostada o apostada sobre cualquiera de dichos resultados, será culpable de un delito menor grave.

725.11 Corridas de toros y otros concursos.

Derogado por la Ley de 2004, Cap. 1056, Art. 9.

725.12 Loterías y billetes de lotería -- definición.

Si cualquier persona hace o ayuda a hacer o establecer, o anuncia o hace público un plan para una lotería; o anuncia, ofrece para la venta, vende, negocia, dispone de, compra o recibe un billete o parte de un billete en una lotería o número de un billete en una lotería; o tenga en su poder un billete, parte de un billete o papel que pretenda ser el número de un billete de una lotería, con la intención de vender o disponer del billete, parte de un billete o papel por cuenta propia o como agente de otro, la persona comete un delito menor grave. Sin embargo, esta sección no prohíbe la publicidad de una lotería o la posesión por una persona de un billete de lotería, parte de un billete, o número de un billete de lotería de una lotería legalmente operada o permitida bajo las leyes de otra jurisdicción. Esta sección tampoco prohíbe la publicidad de una lotería, juego de azar, concurso o actividad llevada a cabo por una organización sin fines de lucro que calificaría como exenta de impuestos bajo la sección 501 del Código de Rentas Internas, tal como se define en la sección 422.3, o llevada a cabo por una organización comercial como una actividad promocional que es claramente ocasional y accesoria al negocio principal de dicha organización.

Siempre que las fechas de entrada en vigor de cualquier actividad promocional se indiquen claramente en todos los materiales promocionales. Se presumirá que una lotería, juego de azar, concurso o actividad es una actividad promocional no ocasional si la lotería, juego de azar, concurso o actividad está en vigor o a disposición del público durante un período de más de noventa días dentro de un período de un año.

2. Una organización comercial no llevará a cabo una actividad promocional que implique la venta de boletos pull-tab o boletos instantáneos, tal como se definen en la sección 99G.3, cupones o fichas que no estén autorizados por la autoridad de la lotería de Iowa y que puedan representar una oportunidad de ganar un premio en efectivo que se pagará en el local donde se obtuvo la oportunidad de ganar dicho premio. Esta subsección no se interpretará en el sentido de que prohíbe a una organización comercial regalar boletos pull-tab, boletos instantáneos, cupones o fichas como parte de una actividad promocional, siempre que se cumplan las demás disposiciones de esta sección. A efectos del presente apartado, se entenderá por "dinero en efectivo" la moneda de los Estados Unidos.

3. Cuando se utiliza en esta sección, "lotería" significa cualquier esquema, arreglo o plan por el cual uno o más premios se otorgan por azar o cualquier proceso que implique un elemento sustancial de azar a un participante, y donde algunos o todos los participantes han pagado o proporcionado una contraprestación por dicho azar.

4. A los efectos de determinar la existencia de una lotería en virtud del presente artículo, no se considerará que se ha pagado o proporcionado una contraprestación cuando todas o prácticamente todas las participaciones que representen posibilidades de ganar se envíen por Internet o por correo de los Estados Unidos o por un método de entrega similar a la persona o personas que organicen la lotería, juego de azar, concurso o actividad antes de que se conceda ningún premio, y cuando los participantes puedan obtener una o más de esas posibilidades de ganar sin que se requiera ninguna compra o pago para participar o ganar. En todos los demás casos, sólo se considerará que se ha pagado o proporcionado una contraprestación cuando, como requisito o condición directa o indirecta para obtener la oportunidad de ganar uno o más premios, algunos o todos los participantes realicen un gasto de dinero o algo de valor monetario mediante una compra, el pago de una cuota de inscripción o admisión, u otro pago, o se exija a los participantes que realicen un gasto sustancial de esfuerzo; no obstante, no se considerará que ningún participante ha realizado un esfuerzo considerable por el mero hecho de registrar su nombre, dirección e información relacionada, por obtener un formulario de participación o una hoja de participación, por permitir o tomar parte en una demostración de cualquier artículo o mercancía, por examinar personalmente las listas publicadas de ganadores de premios o por actos de naturaleza similar, ya se realicen o lleven a cabo en persona en cualquier tienda, establecimiento comercial u otro lugar designado, por correo o por teléfono; Además, no se exigirá a ningún participante que esté presente en persona o por medio de un representante en cualquier lugar designado en el momento de la determinación del ganador del premio, y el ganador será notificado por el mismo método utilizado para comunicar la oferta del premio o por correo ordinario.

5. A petición de la autoridad de lotería de Iowa o de la división de investigación criminal del departamento de seguridad pública, el fiscal general iniciará en nombre del estado los procedimientos adecuados contra una persona acusada en dicha petición de violar esta sección, y un fiscal de condado puede, a petición del fiscal general, comparecer y procesar una acción cuando se presente en el condado del fiscal del condado.

725.13 Definición de apuestas.

Por "apuestas " se entenderá el fomento de la actividad de juego mediante la aceptación de apuestas sobre el resultado de futuros acontecimientos contingentes como negocio distinto de los permitidos en los capítulos 99B, 99D y 99F. Estos eventos incluyen, pero no se limitan a, los resultados de una prueba o concurso de habilidad, velocidad, potencia o resistencia de una persona o bestia o entre personas, bestias, aves, vehículos de motor o aparatos mecánicos o sobre el resultado de cualquier evento de azar, casualidad, desconocido o contingente.

725.14 Excepción para la comisión estatal de carreras y juegos y apuestas pari-mutuel.

Este capítulo no prohíbe el establecimiento y funcionamiento de una comisión estatal de carreras y juegos de azar ni las apuestas pari-mutuel en carreras de caballos o perros según lo dispuesto en el capítulo 99D.

725.15 Excepciones para el juego legal.

Las secciones 725.5 a 725.10 y 725.12 no se aplican a un juego, actividad, boleto o dispositivo cuando se posea, utilice, realice o participe legalmente de conformidad con el capítulo 99B, 99F [apuestas pari-mutuel en carreras de caballos] o 99G [juegos de azar en barcos fluviales con licencia, etc.].

725.16 Penalización por juegos de apuestas.

La persona que cometa un delito declarado falta en el capítulo 99B será culpable de una falta grave.

725.17 Dinero de protección prohibido.

Cualquier oficial o empleado de este estado, o de un condado, ciudad o distrito judicial que pida, reciba o cobre cualquier dinero u otra consideración por y con el entendimiento de que el oficial o empleado ayudará, eximirá o protegerá de otra manera a otra persona de la detección, arresto o condena por cualquier violación de este capítulo o del capítulo 99B comete un delito menor agravado.

725.18 Prohibición del servicio de cobranza.

Toda persona que, a sabiendas, ofrezca, preste o venda sus servicios para utilizarlos en el cobro o la ejecución de cualquier deuda derivada del juego, sea o no lícito, comete un delito menor con agravante.

725.19 Juegos de azar realizados por menores de edad.

 1. Ninguna persona menor de veintiún años podrá realizar o intentar realizar una apuesta de juego, salvo en los casos permitidos en virtud del capítulo 99B . Una persona que viole esta subsección comete una violación programada bajo la sección 805.8C, subsección 5.

2. Toda persona que, a sabiendas, permita a un menor de veintiún años realizar o intentar realizar una apuesta de juego, excepto en los casos permitidos por el capítulo 99B , será culpable de un delito menor simple.

99B.1 Definiciones.
Tal como se utiliza en este capítulo, a menos que el contexto exija lo contrario:

1."Concesión de atracciones": cualquier lugar en el que una persona practique un juego de habilidad o de azar con ánimo de lucro, y que incluya la zona en la que se encuentran el equipo, la zona de juego y otros bienes personales necesarios para la práctica del juego.

2. Por "dispositivo de atracción" se entiende un dispositivo eléctrico o mecánico poseído y utilizado de conformidad con el artículo 99B.10 . Cuando se posee y utiliza de conformidad con dicha sección, un dispositivo de diversión no es un juego de habilidad o de azar, y no es un dispositivo de juego.

3. "Solicitante " significa un individuo o una organización.

4."Autorizada" significa aprobada como concesión por la junta de la feria estatal de Iowa o por una feria que realice un evento ferial según lo dispuesto en el capítulo 174.

5. "Bingo ": un juego, conocido como bingo o con cualquier otro nombre, en el que cada participante utiliza uno o varios cartones, cada uno de los cuales está delimitado por espacios dispuestos en filas horizontales y verticales, en las que cada espacio está designado por un número, una letra o una combinación de números y letras, sin que haya dos cartones idénticos, y en el que los jugadores cubren los espacios a medida que el operador del juego anuncia el número, la letra los jugadores cubren los espacios a medida que el operador del juego anuncia el número, la letra o la combinación de números y letras que aparecen en un objeto seleccionado al azar, manual o mecánicamente, de un receptáculo en el que se han colocado objetos con números, letras o combinaciones de números y letras correspondientes al sistema utilizado para designar los espacios, siendo el ganador de cada partida el jugador o jugadores que primero cubran correctamente un patrón predeterminado y anunciado de espacios en una tarjeta utilizada por el jugador o jugadores. Cada determinación de un ganador por el método descrito en la frase anterior es una única partida de bingo en cualquier ocasión de bingo.

6. Evento de bingo": una única reunión o sesión en la que se juegan sucesivas partidas de bingo. Una ocasión de bingo comienza cuando el operador del juego empieza a anunciar el número, la letra o la combinación de números o letras a través de los cuales se determinará el ganador de una sola partida de bingo.

7. Por "relación social de buena fe " se entiende una relación social real, auténtica y no fingida entre dos o más personas en la que cada una de ellas tiene un conocimiento establecido de la otra, que no ha surgido con fines de juego.

8. Por "apuestas " se entiende la aceptación o recepción de cualquier apuesta sobre el resultado de cualquier prueba o competición de habilidad, velocidad, potencia o resistencia humana, animal, ave o vehículo de motor, que no sea una apuesta de conformidad con el artículo 99B.12, apartado 2, párrafo "c", o que sea realizada, colocada, dada, recibida o aceptada por una persona que no estaba presente cuando se realizó la apuesta, o por cualquier empresa pública o privada en la que se puedan realizar dichas apuestas.

9. Una persona "realiza" una actividad determinada si es propietaria, promotora, patrocinadora o explotadora de un juego o actividad. Una persona física no "dirige" un juego o actividad si la persona es un mero participante en un juego o actividad que cumple con la sección 99B.12.

10."Accionista de control" significa cualquiera de los siguientes:
a. Una persona que directa o indirectamente posee o controla el diez por ciento o más de cualquier clase de acciones de un solicitante de licencia.
b. Una persona que directa o indirectamente tiene un interés del diez por ciento o más en la propiedad o los beneficios de un solicitante de licencia.

11. "Departamento " significa el departamento de inspecciones y apelaciones.

12."Distribuidor" significa, a efectos de las secciones 99B.10 , 99B.10A , y 99B.10B , cualquier persona que posea dispositivos de diversión eléctricos y mecánicos registrados según lo dispuesto en la sección 99B.10 , subsección 4, que se ofrezcan para su uso en más de una única ubicación o local.

13. a"Solicitante elegible" significa un solicitante que cumple todos los requisitos siguientes:
(1) La situación financiera y la buena reputación del solicitante se encuentran dentro de los estándares establecidos por el departamento por norma en virtud del capítulo 17A, de modo que satisfagan al director del departamento de que el solicitante cumplirá con este capítulo y las normas aplicables a las operaciones en virtud del mismo.
(2) El solicitante es ciudadano de los Estados Unidos y residente de este estado, o una corporación con licencia para hacer negocios en este estado, o una empresa que tiene un lugar establecido de negocios en este estado o que está haciendo negocios en este estado.
(3) El solicitante no ha sido condenado por un delito grave. Sin embargo, si la condena del solicitante ocurrió más de cinco años antes de la fecha de la solicitud de licencia, y si los derechos de ciudadanía del solicitante han sido restaurados por el gobernador, el director del departamento puede determinar que el solicitante es un solicitante elegible.

b. Si el solicitante es una organización, los requisitos del apartado"a", subapartados (1) a (3), se aplican a los funcionarios, directores, socios y accionistas mayoritarios de la organización.

14."Feria" significa una feria y exposición anual celebrada por la junta de ferias del estado de Iowa y cualquier evento ferial realizado por una feria en virtud de las disposiciones del capítulo 174.

15. Por "juego de azar" se entiende un juego en el que el resultado viene determinado por el azar y el jugador, para ganar, alinea objetos o bolas en un patrón u orden prescrito o hace aparecer determinados patrones de colores, e incluye específicamente, aunque sin limitarse a ello, el juego definido como bingo. Los juegos de azar no incluyen las máquinas de slots.

16. Por "juego de habilidad" se entiende un juego en el que el resultado lo determina el jugador dirigiendo o lanzando objetos a zonas o blancos designados, o maniobrando agua o un objeto en una zona designada, o maniobrando un dispositivo de arrastre para recoger determinados objetos, o disparando una pistola o un rifle.

17. Por "ingresos brutos " se entienden los ingresos totales percibidos por la venta de derechos de participación en un juego de habilidad, juego de azar o rifa y los derechos o tasas de admisión.

18."Fabricante " significa, a los efectos de las secciones 99B.10 , 99B.10A , y 99B.10B , cualquier persona dedicada a los negocios en este estado que produce originalmente un dispositivo de diversión eléctrica y mecánica requerida para ser registrado bajo la sección 99B.10 , subsección 4, o componentes individuales para su uso en un dispositivo de este tipo.

19."Representante del fabricante " significa, a los efectos de las secciones 99B.10 , 99B.10A , y 99B.10B , cualquier persona dedicada a los negocios en este estado que promueve o vende dispositivos eléctricos y mecánicos de diversión requeridos para ser registrados bajo la sección 99B.10 , subsección 4, o componentes individuales para su uso en tales dispositivos en nombre de un fabricante de tales dispositivos o componentes.

20. "Mercancía " incluye los billetes o participaciones de lotería vendidos o autorizados en virtud del capítulo 99G . El valor del billete o participación es el precio del billete o participación establecido por la autoridad de loterías de Iowa de conformidad con el capítulo 99G .

21. Por "ingresos netos" se entenderán los ingresos brutos menos las cantidades concedidas como premios y menos el impuesto estatal y local sobre las ventas pagado sobre los ingresos brutos. Los gastos razonables, los cargos, las tasas, los impuestos distintos del impuesto estatal y local sobre las ventas y las deducciones permitidas por el departamento no superarán el veinticinco por ciento de los ingresos netos.

22."Alquiler neto" significa el precio total del alquiler menos los gastos, cargos, tasas y deducciones razonables permitidos por el departamento.

23."Propietario" significa, a los efectos de las secciones 99B.10A y 99B.10B , cualquier persona que posea un dispositivo de diversión eléctrico y mecánico operable que deba registrarse en virtud de la sección 99B.10 , subsección 1, párrafo "f".

24."Colocado" significa que la persona que dirige un juego ha hecho colocar cerca de la parte delantera o de la zona de juego un cartel de al menos treinta pulgadas por treinta pulgadas, con material y letras permanentes, que diga en la parte superior en letras de al menos tres pulgadas de alto: "Reglas del juego". En él se indicará, en letra grande y fácilmente legible, el nombre del juego, el precio de la partida, las reglas completas del juego y el nombre y dirección postal permanente del propietario del juego.

25."Organización cualificada" significa cualquier organización autorizada que dedique los ingresos netos de un juego de habilidad, juego de azar o rifa según lo dispuesto en la sección 99B.7 y cumpla los requisitos de la sección 99B.7 , subsección 1, párrafo "m" .

26. "Rifa " significa una lotería en la que cada participante compra un boleto para optar a un premio cuyo ganador se determina por un método aleatorio y no es necesario que el ganador esté presente para ganar. El término "rifa" no incluye las máquinas de slots.

27."Juegos sociales " significa e incluye únicamente las actividades permitidas por la sección 99B.12 , subsección 2.

28. Por "entidad no vinculada " se entiende una persona que tiene una escritura de constitución y un número de identificación fiscal separados y distintos de los de cualquier otra persona y, si se trata de una persona física, una persona que no está vinculada por ley o por consanguinidad.

99B.2 Licencia - registros obligatorios - cuentas de bingo - inspecciones - sanciones.
Véase: Leyes de Iowa sobre juegos benéficos

JUEGOS O LOCALES PARA LOS QUE SE REQUIERE LICENCIA

99B.3 Concesiones de atracciones.

1. Un juego de habilidad o de azar es legal cuando lo realiza una persona en una concesión de atracciones, pero sólo si se cumple todo lo siguiente:

a. El lugar donde la persona lleva a cabo el juego ha sido autorizado según lo dispuesto en la sección 99B.4 .b. La persona que lleva a cabo el juego ha presentado una solicitud de licencia y una tasa de cincuenta dólares por cada juego, y se le ha expedido una licencia para el juego, y exhibe de forma destacada la licencia en la zona de juego. Una licencia es válida por un período de un año a partir de la fecha de expedición.

c. En la concesión de atracciones no se realizan juegos de azar distintos de los autorizados.

d. El juego está anunciado y el costo de jugar no supera los tres dólares.

e. No se muestra un premio que no se pueda ganar.

f. Los premios en efectivo no se conceden y los premios en mercancía no se recompran.

g. El juego no funciona de forma piramidal y acumulativa.

h. El valor real de venta al público de cualquier premio no supere los cincuenta dólares. Si un premio consiste en más de un artículo, unidad o pieza, el valor minorista agregado de todos los artículos, unidades o piezas no excederá los cincuenta dólares.

i. No se utilizan números ocultos o tablas de conversión para jugar y el juego no está diseñado o adaptado con ningún dispositivo de control para permitir la manipulación del juego por el operador con el fin de evitar que un jugador gane o para predeterminar quién será el ganador, y el objetivo, bloque u objeto del juego debe ser alcanzable y posible de realizar bajo las reglas establecidas desde la posición de juego del jugador.

j. El juego se desarrolla de manera justa y honesta.

Es legal que un individuo que no sea la persona que dirige el juego participe en un juego de habilidad o de azar realizado en una concesión de atracciones, tanto si la concesión de atracciones se realiza de conformidad con el apartado 1 como si no.

99B.4 Ubicaciones permitidas de las concesiones de atracciones.

Un juego de habilidad o juego de azar legalmente puede ser conducido por una persona en una concesión de diversión, pero sólo si la persona ha sido autorizada para conducir el juego en un lugar específico como sigue:
1. En una feria, por permiso escrito dado a la persona por el patrocinador de la feria. 1. En una feria, mediante permiso escrito otorgado a la persona por el patrocinador de la feria.

2. En un parque de atracciones así designado por resolución del ayuntamiento de una ciudad o de la junta de supervisores de un condado, mediante permiso escrito otorgado a la persona por la ciudad o condado respectivo.

3. En un carnaval, bazar, centenario o celebración patrocinada por un grupo cívico de buena fe, club de servicios o grupo de comerciantes cuando dicho evento haya sido autorizado por resolución del consejo municipal de una ciudad o de la junta de supervisores de un condado, mediante permiso escrito otorgado a la persona por la ciudad o condado que lo autorice. No obstante lo dispuesto en la sección 99B.3 , subsección 1, párrafo "b", se podrá emitir una licencia para un evento celebrado de conformidad con este párrafo por una tarifa de veinticinco dólares, que permitirá al patrocinador del evento realizar todos los juegos y rifas permitidos en virtud de la sección 99B.3 durante un período específico de catorce días calendario consecutivos.

99B.5 Rifas realizadas en una feria.
Véase Leyes sobre apuestas benéficas en Iowa

99B.6 Juegos en los que se vende licor o cerveza.

1. Salvo lo dispuesto en los apartados 5, 6, 7, 8 y 9, el juego es ilegal en los locales para los que se haya expedido una licencia de control de bebidas alcohólicas de clase "A", clase "B", clase "C" o clase "D", o un permiso de cerveza de clase "B", de conformidad con el capítulo 123, a menos que se cumpla todo lo siguiente:

a. El titular de la licencia de control de bebidas alcohólicas o permiso de cerveza ha presentado una solicitud de licencia y una tasa de solicitud de ciento cincuenta dólares, y se le ha expedido una licencia, y muestra de forma destacada la licencia en el local.b. El titular de la licencia de control de bebidas alcohólicas o permiso de cerveza o cualquier agente o empleado del titular de la licencia o permiso no participa en, patrocina, dirige o promueve, o actúa como cajero o banquero de cualquier actividad de juego, excepto como participante mientras juega en las mismas condiciones que cualquier otro participante.

c. En los locales cubiertos por la licencia o permiso no se realizan juegos de azar distintos de los juegos sociales.

d. No se utilizan números ocultos o tablas de conversión para jugar a ningún juego, y un juego no está adaptado con ningún dispositivo de control para permitir la manipulación del juego por el operador con el fin de evitar que un jugador gane o para predeterminar quién será el ganador, y el objeto del juego es alcanzable y posible de realizar bajo las reglas establecidas desde la posición de juego del jugador.

e. El juego debe desarrollarse de manera justa y honesta.

f. Ninguna persona recibe o tiene un derecho fijo o contingente a recibir, directa o indirectamente, cualquier cantidad apostada o cualquier parte de las cantidades apostadas, excepto una cantidad que la persona gane como participante mientras juega en las mismas condiciones que los demás participantes.

g. No se imponga a una persona ningún cargo de entrada, de participación o de otro tipo por el privilegio de participar en los juegos de azar o de observarlos, ni se utilice ningún descuento, rebaja, crédito u otro método para discriminar entre el cargo por la venta de bienes o servicios a los participantes en los juegos de azar y el cargo por la venta de bienes o servicios a los no participantes. La satisfacción de una obligación contraída por un miembro de una organización de pagar a intervalos periódicos regulares una suma fijada por dicha organización para el mantenimiento de la misma no constituye un cargo prohibido por el presente apartado.

h. Ningún participante gane o pierda más de un total de cincuenta dólares o su contraprestación equivalente en uno o más juegos o actividades permitidos por esta sección en cualquier momento durante cualquier período de veinticuatro horas consecutivas o durante todo ese período. A los efectos del presente apartado, una persona gana la cantidad total en juego en cualquier juego, apuesta o apuesta, independientemente de cualquier cantidad con la que dicha persona haya contribuido a la cantidad en juego.

i. Ningún participante participa como agente de otra persona.

j. Un representante del departamento o de una agencia de orden público es admitido inmediatamente, previa solicitud, en los locales con o sin previo aviso.

k. Los menores de veintiún años no podrán participar en los juegos de azar, salvo en virtud de lo dispuesto en los artículos 99B.3 , 99B.4 , 99B.5 y 99B.7 . Cualquier titular de una licencia que permita a sabiendas que un menor de veintiún años participe en los juegos de azar prohibidos por este apartado o cualquier persona que participe a sabiendas en los juegos de azar con un menor de veintiún años, será culpable de un delito menor simple.

2. El titular de una licencia expedida en virtud de esta sección es estrictamente responsable del cumplimiento de la subsección 1. La prueba de un acto constitutivo de infracción es motivo de revocación de la licencia expedida en virtud de esta sección si el titular de la licencia permitió que se produjera la infracción cuando el titular de la licencia conocía o tenía motivos razonables para conocer el acto constitutivo de la infracción.

3. Un participante en un juego social que no cumpla con esta sección será responsable de una sanción penal sólo si dicho participante tiene conocimiento o razones para conocer los hechos constitutivos de la infracción.

4. El titular de una licencia expedida de conformidad con esta sección y todo agente de dicho titular que esté obligado por el titular a ejercer el control sobre el uso del local que, a sabiendas, permita o participe en actos u omisiones que constituyan una infracción de la subsección 1 comete un delito menor grave. Un licenciatario tiene conocimiento de actos u omisiones si cualquier agente del licenciatario tiene conocimiento de dichos actos u omisiones.

5. Los billetes o participaciones de lotería autorizados de conformidad con el capítulo 99G podrán venderse en los locales de un establecimiento que sirva o venda bebidas alcohólicas, vino o cerveza, tal como se define en la sección 123.3 .

6. Una organización calificada puede llevar a cabo juegos de habilidad, juegos de azar o rifas de conformidad con la sección 99B.7 en un establecimiento que sirva o venda bebidas alcohólicas, vino o cerveza, tal y como se define en la sección 123.3, si los juegos o rifas se llevan a cabo de conformidad con este capítulo o con las normas adoptadas de conformidad con este capítulo.

7. El titular de una licencia de control de bebidas alcohólicas o de un permiso de cerveza podrá realizar una quiniela deportiva si el juego se expone públicamente y las reglas del juego, incluido el coste por participante y el importe de la ganancia se exponen de forma visible en la quiniela o cerca de ella. Ningún participante podrá apostar más de cinco dólares y la ganancia máxima para todos los participantes de la quiniela no podrá exceder de quinientos dólares. Las disposiciones de la subsección 1, excepto los párrafos "c" y "h" y la prohibición del uso de números ocultos en el párrafo "d" , son aplicables a las quinielas realizadas en virtud de esta subsección. Si una peña permitida por esta subsección implica el uso de números ocultos, los números se seleccionarán mediante un método aleatorio y ninguna persona conocerá los números en el momento en que se realicen las apuestas en la peña. Todo el dinero apostado se adjudicará a los participantes. A efectos del presente subapartado, se entenderá por "quiniela" un juego en el que los participantes seleccionan un cuadrado en una cuadrícula que corresponde a números situados en dos lados de la cuadrícula que se cruzan y los ganadores se determinan en función de si el cuadrado seleccionado corresponde a números relacionados con un acontecimiento deportivo de la forma prescrita por las reglas del juego.

8. Los juegos de azar autorizados en virtud del capítulo 99F podrán realizarse en un barco de excursión para juegos de azar que tenga licencia como establecimiento que sirve o vende bebidas alcohólicas, vino o cerveza, tal como se definen en el artículo 123.3, si los juegos de azar se realizan de conformidad con el capítulo 99F y las normas adoptadas en virtud del capítulo 99F . No obstante lo dispuesto en la sección 123.3 , subsección 26, párrafo "b" , una persona titular de un permiso federal para juegos de azar y con licencia para realizar juegos de azar de conformidad con el capítulo 99F podrá ser titular de una licencia de venta de bebidas alcohólicas.

9. Las apuestas pari-mutuel autorizadas en virtud del capítulo 99D podrán realizarse dentro de un recinto de hipódromo que tenga licencia como establecimiento que sirve o vende bebidas alcohólicas según se define en la sección 123.3 si las apuestas pari-mutuel se realizan de conformidad con el capítulo 99D y las normas adoptadas en virtud del capítulo 99D.

99B.7 Juegos realizados por organizaciones cualificadas - sanciones.
Véase Ieyes sobre apuestas benéficas en Iowa.

99B.8 Noche anual de juegos.

1. Los juegos de habilidad, los juegos de azar, los juegos de cartas y las rifas pueden realizarse legalmente durante un período de doce horas consecutivas una vez al año por cualquier persona. Los juegos o rifas pueden realizarse en cualquier lugar excepto en uno para el que se requiera una licencia de conformidad con la sección 99B.3 o la sección 99B.5 , pero sólo si se cumple todo lo siguiente:

a. Al patrocinador del evento se le ha expedido una licencia de conformidad con la subsección 3 y exhibe de forma destacada dicha licencia en los locales cubiertos por la misma.

b. Existe una relación social o laboral de buena fe entre el patrocinador y todos los participantes.

c. Ningún participante paga ninguna contraprestación de cualquier naturaleza, directa o indirectamente, para participar en los juegos.

d. Todo el dinero u otros artículos apostados son proporcionados gratuitamente al participante por el patrocinador.

e. La persona que dirige el juego no recibe ninguna contraprestación, directa o indirecta, aparte de la buena voluntad.

f. Durante todo el tiempo en que se realicen las actividades permitidas por esta sección, no se realicen otros juegos de azar en el mismo lugar.

2. No obstante las demás disposiciones de esta sección, si los juegos son organizados por una organización calificada también autorizada conforme a la sección 99B.7 , el patrocinador puede cobrar una cuota de entrada o una cuota para participar en los juegos, y los participantes pueden apostar sus propios fondos y pagar una cuota de entrada u otra cuota de participación, siempre que un participante no pueda gastar más de un total de doscientos cincuenta dólares por todas las cuotas y apuestas. Las disposiciones de la sección 99B.7 , subsección 3, párrafos "b" y "c" , se aplicarán a los juegos realizados por una organización calificada de conformidad con esta sección.

3. El departamento de inspecciones y apelaciones podrá expedir una licencia conforme a esta sección sólo una vez durante un año natural a cualquier persona. La licencia sólo podrá expedirse previa presentación al departamento de una solicitud y una tarifa de licencia de veinticinco dólares.

4. Sin embargo, una organización puede patrocinar una o más noches de juegos utilizando dinero de juego para la participación de los estudiantes sin que la organización obtenga una licencia requerida de otro modo por esta sección si la organización obtiene la aprobación previa para la noche de juegos de la junta directiva de la escuela pública acreditada o de las autoridades a cargo de la escuela no pública acreditada por la junta estatal de educación para cuyos estudiantes se celebrará la noche de juegos.

5. Sin embargo, no obstante lo dispuesto en los párrafos "b" y "c" del apartado 1, si los juegos son organizados por una organización cualificada a la que se haya expedido una licencia de conformidad con el apartado 3, el patrocinador podrá cobrar una cuota de entrada a un participante y no será necesario que el patrocinador tenga una relación social de buena fe con el participante.

6. a. No obstante cualquier disposición de la sección 99B.7 a lo contrario, si los juegos son conducidos por una organización calificada elegible a la que se le ha emitido una licencia de acuerdo con la subsección 3, el patrocinador puede otorgar premios en efectivo o mercancía en cualquier juego de destreza, juegos de azar o juegos de cartas conducidos legalmente durante la noche anual de juegos en una cantidad agregada que no exceda los diez mil dólares y ningún participante ganará más de un total de cinco mil dólares.
b. Para propósitos de esta subsección, una "organización calificada elegible" significa cualquiera de las siguientes:
(1) Una organización calificada que representa a veteranos como se define en la sección 99B.7B.
(2) Una organización calificada que represente a proveedores voluntarios de servicios de emergencia según se define en la sección 100B.31.
(3) Una organización calificada que esté exenta del impuesto federal a las ganancias según la sección 501(c)(3) del Código de Rentas Internas y que haya realizado una noche de juegos anual durante el período que comienza el 1 de enero de 2001 y finaliza el 31 de diciembre de 2006.

99B.9 Juego en lugares públicos.

1. Salvo que lo permita la sección 99B.3, 99B.5, 99B.6, 99B.7, 99B.8, 99B.11 o 99B.12A, es ilegal permitir el juego en cualquier local que sea propiedad, esté arrendado, alquilado u ocupado de otro modo por una persona que no sea un gobierno, agencia o subdivisión gubernamental, a menos que se cumpla todo lo siguiente:

a. La persona que ocupa el local como propietario o inquilino ha presentado una solicitud de licencia y una tasa de solicitud de cien dólares, y se le ha expedido una licencia para dicho local, y exhibe la licencia de forma destacada en el local.

b. El titular de la licencia o cualquier agente o empleado del titular de la licencia no participe, patrocine, dirija o promueva, ni actúe como cajero o banquero de ninguna actividad de juego.

c. En los locales cubiertos por la licencia o permiso no se realizan juegos de azar distintos de los juegos sociales.

d. No se utilizan números ocultos o tablas de conversión para jugar a ningún juego, y un juego no está adaptado con ningún dispositivo de control para permitir la manipulación del juego por el operador con el fin de evitar que un jugador gane o para predeterminar quién será el ganador, y el objeto del juego es alcanzable y posible de realizar bajo las reglas establecidas desde la posición de juego del jugador.

e. El juego debe desarrollarse de manera justa y honesta.

f. Ninguna persona recibe o tiene un derecho fijo o contingente a recibir directa o indirectamente cualquier cantidad apostada o cualquier parte de las cantidades apostadas, excepto una cantidad que la persona gane como participante mientras juega en las mismas condiciones que los demás participantes.

g. No se imponga a una persona ningún cargo de entrada, de participación o de otro tipo por el privilegio de participar en juegos de azar o de observarlos, y no se utilice ningún descuento, rebaja, crédito u otro método para discriminar entre el cargo por la venta de bienes o servicios a los participantes en los juegos de azar y el cargo por la venta de bienes o servicios a los no participantes. El cumplimiento de una obligación contraída por un miembro de una organización de pagar a intervalos periódicos regulares una suma fijada por dicha organización para el mantenimiento de la misma no constituye un cargo prohibido por el presente apartado.

h. Ningún participante gana o pierde más de un total de cincuenta dólares u otra contraprestación equivalente en todos los juegos y actividades a la vez durante cualquier período de veinticuatro horas consecutivas o durante todo ese período. A efectos del presente apartado, una persona gana la cantidad total en juego en cualquier juego, apuesta o apuesta, independientemente de cualquier cantidad que dicha persona pueda haber aportado a la cantidad en juego.

i. Ningún participante participa como agente de otra persona.

j. Un representante del departamento o de una agencia de orden público es admitido inmediatamente, previa solicitud, en los locales con o sin previo aviso.

2. El titular de una licencia expedida en virtud de esta sección será estrictamente responsable de mantener el cumplimiento de la subsección 1, y la prueba de cualquier violación constituirá motivo de revocación de la licencia expedida en virtud de esta sección, independientemente de que el titular de la licencia tuviera o no conocimiento de los hechos constitutivos de la violación.

3. Un participante en un juego social que no cumpla con esta sección será responsable de una sanción penal sólo si dicho participante tiene conocimiento o razones para conocer los hechos constitutivos de la infracción.

4. El titular de una licencia expedida de conformidad con esta sección y todo agente de dicho titular que deba ejercer el control del uso del local por parte del titular de la licencia que permita a sabiendas actos u omisiones que constituyan una infracción de la subsección 1 comete un delito menor grave. Un licenciatario tiene conocimiento de actos u omisiones si cualquier agente del licenciatario tiene conocimiento de dichos actos u omisiones.

5. Esta sección no se aplicará a los locales o partes de locales que constituyan la vivienda de la residencia real de una persona si dicha persona participa en las actividades permitidas por esta sección.

99B.9A Excepcionespara determinadas zonas.
Véase
Leyes de Iowa sobre juegos benéficos

99B.10A Fabricantes, distribuidores y propietarios con ánimo de lucro de aparatos de diversión eléctricos y mecánicos - registro.

1. Toda persona que ejerza una actividad comercial en este estado como fabricante, representante del fabricante, distribuidor o propietario con ánimo de lucro de dispositivos eléctricos y mecánicos de diversión que deba estar registrada según lo dispuesto en la sección 99B.10 , subsección 4, deberá registrarse en el departamento. Cada persona que se registre en el departamento en virtud de esta sección deberá pagar una tasa de registro anual por un importe conforme a lo dispuesto en la subsección 2. El registro se presentará en formularios designados por el departamento que contendrán la información requerida por el departamento mediante norma. El departamento adoptará normas que prevean la presentación de información al departamento por parte de una persona registrada conforme a esta sección si se modifica la información del registro inicial, incluida la interrupción de la actividad comercial en este estado.

2. A los efectos de esta sección, la tasa de registro anual será la siguiente:

a. Para un fabricante o representante de un fabricante, dos mil quinientos dólares.

b. Para un distribuidor, cinco mil dólares.

c. Para un propietario de no más de dos dispositivos de diversión eléctricos y mecánicos registrados según lo dispuesto en la sección 99B.10, subsección 4, en una sola ubicación o local que no sea una organización que cumpla los requisitos de la sección 99B.7, subsección 1, párrafo "m" , dos mil quinientos dólares.

99B.10B Revocación del registro - dispositivos eléctricos y mecánicos de diversión - suspensión de la licencia de licor o del permiso de cerveza.

1. El departamento podrá revocar un registro expedido de conformidad con el artículo 99B.10 o 99B.10A, por un período no superior a dos años, por causa justificada, previa notificación por escrito con al menos diez días de antelación y oportunidad de celebrar una audiencia probatoria, de conformidad con las normas adoptadas por el departamento. Las normas dispondrán que un registro podrá ser revocado si el solicitante de registro o agente del solicitante de registro viola, o permite una violación, de la sección 99B.10 o 99B.10A, viola cualquier norma adoptada por el departamento en virtud de este capítulo que el departamento determine que debería justificar la revocación del registro, o participa en cualquier acto u omisión que hubiera permitido al departamento negarse a emitir un registro en virtud de la sección 99B.10 o 99B.10A.

2. El departamento revocará un registro emitido de conformidad con la sección 99B.10 o 99B.10A, por un período de diez años después de una notificación por escrito de al menos diez días y la oportunidad de una audiencia probatoria, si una persona otorga un premio en efectivo en violación de la sección 99B.10, subsección 1, de conformidad con las reglas adoptadas por el departamento. La licencia de control de bebidas alcohólicas de una persona cuyo registro haya sido revocado en virtud del presente apartado y para la que se haya expedido una licencia de control de bebidas alcohólicas de clase "A", clase "B", clase "C" o clase "D" de conformidad con el capítulo 123, quedará suspendida durante un período de catorce días de la misma forma que se establece en el apartado "a" de la subsección 3 de la sección 123.50, además, a una persona cuyo registro se revoque en virtud del presente apartado y para la que sólo se haya expedido un permiso de cerveza de clase "B" o clase "C" en virtud del capítulo 123, se le suspenderá el permiso de cerveza de clase "B" o clase "C" y se le suspenderá el permiso del impuesto sobre las ventas por un período de catorce días de la misma forma que se establece en el apartado 123.50, subapartado 3, párrafo "a".

99B.10C Aparatos de diversión eléctricos y mecánicos - menores de veintiún años - sanciones.

1. Una persona menor de veintiún años no podrá participar en el funcionamiento de un dispositivo de diversión eléctrico y mecánico. Una persona que viole esta subsección comete una violación programada bajo la sección 805.8C , subsección 4.

2. La persona propietaria o arrendataria de un dispositivo de atracciones eléctricas y mecánicas que, a sabiendas, permita a un menor de veintiún años participar en el funcionamiento de un dispositivo de atracciones eléctricas y mecánicas, o la persona que, a sabiendas, participe en el funcionamiento de un dispositivo de atracciones eléctricas y mecánicas con un menor de veintiún años, será culpable de un delito menor.

3. A efectos de esta sección, un dispositivo de diversión eléctrico y mecánico significa un dispositivo de diversión eléctrico y mecánico que debe registrarse según lo dispuesto en la sección 99B.10, subsección 1, párrafo "f".

99B.10D Aparatos eléctricos y mecánicos - fondo especial.

Las tasas recaudadas por el departamento de conformidad con las secciones 99B.10 y 99B.10A se depositarán en un fondo especial creado en el tesoro del estado. El dinero del fondo se asigna al departamento de inspecciones y apelaciones y al departamento de seguridad pública para la administración y aplicación de las secciones 99B.10 , 99B.10A , 99B.10B , y 99B.10C , incluido el empleo del personal necesario. La distribución del dinero del fondo al departamento de inspecciones y apelaciones y al departamento de seguridad pública se realizará de conformidad con una política escrita acordada por los departamentos. No obstante lo dispuesto en la sección 12C.7 , subsección 2, los intereses o ganancias de los fondos depositados en el fondo se acreditarán al fondo. No obstante lo dispuesto en la sección 8.33, el dinero que quede en el fondo al final de un año fiscal no revertirá al fondo general del Estado.

99B.11 Concursos de buena fe.

1. Es legal que una persona organice cualquiera de los concursos especificados en la subsección 2, y que ofrezca y pague premios a las personas que ganen en dichos concursos, independientemente de que se cobren o no derechos de inscripción, derechos de participación u otros cargos a los participantes, pero sólo si se cumple todo lo siguiente:

a. El concurso no se celebra en una concesión de atracciones.

b. No se utilice ningún dispositivo de juego en conjunción con el concurso o con ocasión del mismo.

c. El concurso no se lleva a cabo en su totalidad o en parte en o en cualquier propiedad sujeta al capítulo 297 , relativo a las escuelas y los sitios de la escuela, a menos que el concurso y la persona que lleva a cabo el concurso tiene la aprobación expresa por escrito del órgano de gobierno de ese distrito escolar.

d. El concurso se lleva a cabo de manera justa y honesta. Un concurso no debe estar diseñado o adaptado para permitir que el operador del concurso impida que un participante gane o para predeterminar quién será el ganador, y el objeto del concurso debe ser alcanzable y posible de realizar bajo las reglas establecidas.

2. Un concurso no es lícito a menos que se trate de uno de los siguientes concursos:

a. Concursos, ligas o torneos atléticos o deportivos, rodeos, espectáculos ecuestres, golf, bolos, tiro al plato o al plato, lanzamiento de moscas, tiro de tractores, concursos, ligas o torneos de rifle, pistola, mosquete, avancarga, billar, dardos, tiro con arco y herradura.

b. Carreras de caballos, carreras de arneses, carreras de esquí, de aviones, de motos de nieve, de balsas, de barcos, de bicicletas y de vehículos de motor.

c. Concursos o exhibiciones de cocina, horticultura, ganadería, avicultura, pesca u otros animales, obras de arte, pasatiempos o artesanía, excepto los prohibidos por el capítulo 717A.

d. Concursos, ligas o torneos de cribbage, bridge, ajedrez, damas, dominó, pinacle y similares. Las disposiciones de este párrafo son retroactivas al 15 de agosto de 1975.

e. Un videojuego de torneo de golf que es un concurso interactivo de buena fe. Un jugador maneja un videojuego de torneo de golf con una bola de seguimiento que actúa como el swing del golfista y determina los resultados del juego y las puntuaciones del torneo. Una máquina de video para torneos de golf es capaz de recibir información de programas y datos desde una ubicación externa. Un operador de torneos deberá exhibir de forma destacada todas las reglas del torneo.

3. Un concurso, liga o torneo de póquer, blackjack, dados, keno o ruleta no se considerará un concurso de buena fe en virtud de esta sección.

99B.12 Juegos entre particulares.

1. Excepto en los casos en que, debido a la ubicación del juego o a las circunstancias del mismo, sea aplicable la sección 99B.3, la sección 99B.5, la sección 99B.6, la sección 99B.7, la sección 99B.8 o la sección 99B.9, las personas podrán participar en los juegos de azar especificados en la subsección 2, pero sólo si se cumple todo lo siguiente:

a. El juego es accesorio a una relación social de buena fe entre todos los participantes.

b. El juego no se practica, en su totalidad o en parte, en ninguna propiedad sujeta al capítulo 297, relativo a escuelas y emplazamientos de escuelas.

c. Todos los participantes en el juego son individuos, y ningún participante puede participar como agente de otra persona.

d. El juego deberá ser justo y honesto, y no deberá estar diseñado, ideado o adaptado para permitir la predeterminación del ganador, o para impedir que un participante gane, y no podrán utilizarse números ocultos o tablas de conversión para determinar el ganador de ningún juego.

e. Ninguna persona reciba o tenga derecho fijo o contingente a recibir, directa o indirectamente, beneficio, remuneración o compensación alguna del juego o como resultado del mismo, excepto cualquier cantidad que la persona pueda ganar como participante en las mismas condiciones que los demás participantes.

f. Ninguna persona podrá participar en ninguna apuesta que esté relacionada con un evento o competición atlética y que esté autorizada o patrocinada por una o más escuelas, instituciones educativas u organizaciones atléticas interescolares si la persona es entrenador, funcionario, jugador o participante en el evento o competición atlética.

g. Ningún participante gane o pierda más de un total de cincuenta dólares u otra contraprestación equivalente en uno o más juegos o actividades permitidos por esta sección en cualquier momento durante cualquier período de veinticuatro horas consecutivas o durante todo ese período. A los efectos del presente apartado, una persona gana la cantidad total en juego en cualquier juego, apuesta o apuesta, independientemente de cualquier cantidad que dicha persona pueda haber aportado a la cantidad en juego.

h. Ningún participante pague entrada, cubierto u otro cargo por el privilegio de participar en los juegos de azar, o por el privilegio de acceder al lugar en el que se realizan los juegos de azar.

i. En cualquier juego que requiera un repartidor u operador, los participantes deben tener la opción de tomar su turno para repartir u operar el juego en un orden regular de acuerdo con las reglas estándar del juego.

2. Los juegos permitidos por esta sección se limitan a los siguientes:

a. Juegos de cartas y de salón, incluidos, entre otros, el póquer, el pinacle, el pitch, el gin rummy, el bridge, el euchre, los corazones, el cribbage, el dominó, las damas, el ajedrez, el backgammon, el billar y los dardos. Sin embargo, será juego ilegal que cualquier persona se dedique a hacer apuestas, o a jugar a cualquier máquina de póquer, de tarjetas, de fichas o slots, o a jugar al craps, chuck-a-luck, ruleta, klondike, blackjack, chemin de fer, baccarat, faro, equality, o cualquier otro juego, excepto el póquer, que se practique habitualmente en los casinos de juego y en el que la casa proporcione habitualmente un banquero, un croupier o un crupier para practicar el juego, o una mesa especialmente diseñada para jugar.

b. Juegos de habilidad y juegos de azar, excepto los prohibidos por el apartado "a" de este subapartado.

c. Apuestas entre dos o más personas que se encuentren físicamente en presencia de la otra con respecto a un concurso especificado en la sección 99B.11, subsección 2, salvo lo dispuesto en la subsección 1, párrafo "g", o con respecto a cualquier otro evento o resultado que no dependa del juego o del uso de un dispositivo de juego ilegal en este estado.

3. Un individuo no podrá ser condenado por una infracción de esta sección a menos que tuviera conocimiento o razones para conocer los hechos constitutivos de la infracción.

NORMAS - PROCEDIMIENTOS DE LICENCIA - SANCIONES

99B.13 Normas administrativas.

El departamento podrá adoptar reglas de conformidad con el capítulo 17A para llevar a cabo las disposiciones de este capítulo. Las reglas adoptadas por el departamento pueden incluir, entre otras, las siguientes:
1. Descripciones de los libros, registros y contabilidad requeridos.
2. Requisitos para las organizaciones cualificadas.
3. Métodos para mostrar los costes y explicaciones de los juegos y reglas.
4. Definición de juegos, actos o prácticas desleales o deshonestos.

99B.14 Denegación, suspensión y revocación de licencias.

1. El Departamento podrá denegar, suspender o revocar una licencia si considera que un solicitante, un titular de licencia o un agente del titular de licencia ha infringido o permitido la infracción de una disposición del presente capítulo o de una norma departamental adoptada en virtud del capítulo 17A , o por cualquier otra causa por la que el Director del Departamento estaría o habría estado justificado denegar la expedición de una licencia, o tras la condena de una persona por una infracción del presente capítulo o de una norma adoptada en virtud del presente capítulo que haya tenido lugar en el local objeto de la licencia. No obstante, la denegación, suspensión o revocación de un tipo de licencia de juego no requiere, pero puede dar lugar a la denegación, suspensión o revocación de otro tipo de licencia de juego del mismo titular. Además, la licencia de control de bebidas alcohólicas de una persona cuya licencia haya sido revocada en virtud de la presente sección y para la cual se haya expedido una licencia de control de bebidas alcohólicas de clase "A", clase "B", clase "C" o clase "D" de conformidad con el capítulo 123, será suspendida por un período de catorce días de la misma manera prevista en la sección 123.50 , subsección 3, párrafo "a" . Además, a una persona cuya licencia sea revocada en virtud de esta sección y para la que sólo se haya expedido un permiso de cerveza de clase "B" o clase "C" de conformidad con el capítulo 123, se le suspenderá el permiso de cerveza de clase "B" o clase "C" y se le suspenderá el permiso del impuesto sobre las ventas por un período de catorce días de la misma manera que se establece en la sección 123.50 , subsección 3, párrafo "a".

2. El proceso de denegación, suspensión o revocación de una licencia se iniciará mediante la entrega al solicitante o titular de la licencia, por correo certificado con acuse de recibo, o mediante entrega personal, de una notificación en la que se expongan los motivos concretos de dicha acción.
a. Si no se recibe una solicitud de audiencia por escrito en un plazo de treinta días tras el envío o entrega de la notificación, la denegación, suspensión o revocación de una licencia se hará efectiva hasta que el Departamento adopte una decisión definitiva. El departamento podrá confirmar, modificar o anular la decisión contenida en la notificación mediante una resolución por escrito.
b. Si el departamento recibe a tiempo una solicitud de audiencia, el solicitante o titular de la licencia tendrá la oportunidad de celebrar una audiencia rápida y justa ante el departamento y la denegación, suspensión o revocación se considerará suspendida hasta que el departamento adopte una decisión definitiva. No obstante, el director podrá suspender una licencia antes de una audiencia si considera que la integridad pública de la actividad autorizada está en peligro o que existe un riesgo para la salud, la seguridad o el bienestar públicos. Además, en cualquier momento durante la audiencia o antes de ella, el departamento podrá rescindir la notificación de denegación, suspensión o revocación si considera que se han eliminado o se eliminarán los motivos de la denegación, suspensión o revocación. Sobre la base de dicha audiencia, el departamento podrá confirmar, modificar o anular la resolución contenida en la notificación mediante una decisión por escrito.

3. Se enviará una copia de la decisión final del departamento por correo certificado, con acuse de recibo, o se entregará personalmente al solicitante o al titular de la licencia. El solicitante o titular de licencia podrá solicitar una revisión judicial de conformidad con los términos de la Ley de procedimiento administrativo de Iowa, capítulo 17A .

4. El procedimiento que rige las audiencias autorizadas por esta sección se ajustará a las normas promulgadas por el departamento y el capítulo 17A .

5. Si el departamento encuentra motivos para denegar una licencia, el solicitante no podrá volver a solicitar la misma licencia durante un periodo de dos años. 6. Si el departamento encuentra motivos para la suspensión, la licencia se suspenderá durante el periodo que determine el departamento. Si el departamento encuentra causa para la revocación, la licencia será revocada por un período no superior a dos años.

99B.15 Aplicabilidad del capítulo - sanción.

La intención y el objetivo del presente capítulo es autorizar los juegos de azar en este Estado únicamente en la medida específicamente permitida por una sección del presente capítulo o por los capítulos 99D , 99F o 99G . Salvo que se disponga otra cosa en el presente capítulo, el incumplimiento a sabiendas por cualquier persona de las limitaciones impuestas por el presente capítulo constituye juego ilegal, un delito menor grave.

99B.16 Incumplimiento de la obligación de mantener o presentar registros.

El titular de una licencia que intencionadamente no mantenga los registros cuando así lo exija la sección 99B.2 , o que intencionadamente no presente los registros cuando así lo exija dicha sección, comete un delito menor grave.

99B.17 El juego a crédito es ilegal.

Una persona que ofrezca y una persona que reciba cualquier promesa, acuerdo, pagaré, letra de cambio, bono, contrato, hipoteca u otra garantía, o cualquier instrumento negociable, como contraprestación por cualquier apuesta, se realice o no legalmente de conformidad con este capítulo, comete un delito menor. Sin embargo, un participante en una ocasión de bingo o en un concurso legal en virtud de la sección 99B.11 puede realizar el pago mediante cheque personal de cualquier cuota de entrada o participación impuesta por el patrocinador de la ocasión de bingo o concurso.

99B.18 Juegos Empresariales.

Los juegos de habilidad, los juegos de azar y los juegos de cartas pueden realizarse en locales con o sin licencia y no se exigirá ninguna tasa de licencia si existe una relación social, laboral, comercial o de asociación profesional de buena fe entre los patrocinadores y los participantes y los participantes no pagan ninguna contraprestación de ninguna naturaleza, directa o indirectamente, por participar en los juegos, y sólo se proporciona al participante dinero de juego u otros artículos sin valor intrínseco que puedan apostarse gratuitamente, y el patrocinador que realiza el juego no recibe ninguna contraprestación, directa o indirectamente, aparte de la buena voluntad.

Un dispositivo de juego destinado al uso o utilizado según lo dispuesto en esta sección está exento de las disposiciones de la sección 725.9 , subsección 2.

99B.19 Fiscal general y fiscal del condado - procesamiento.

A petición del departamento de inspecciones y apelaciones o de la división de investigación criminal del departamento de seguridad pública, el fiscal general iniciará en nombre del estado los procedimientos adecuados contra una persona acusada por cualquiera de los departamentos de violar este capítulo, y un fiscal del condado, a petición del fiscal general, comparecerá y procesará una acción cuando se presente en el condado del fiscal del condado.

99B.20 División de investigación criminal.

La división de investigación criminal del departamento de seguridad pública podrá investigar para determinar el cumplimiento por parte del licenciatario de los requisitos del presente capítulo. Las investigaciones podrán llevarse a cabo por iniciativa propia de la división de investigación criminal o a petición del departamento de inspecciones y apelaciones. La división de investigación criminal y el departamento de inspecciones y apelaciones cooperarán al máximo en una investigación.

99B.21 Impuesto sobre premios.

Todos los premios otorgados son ingresos ganados en Iowa y están sujetos a las leyes estatales y federales del impuesto sobre la renta. Una persona que lleve a cabo un juego de habilidad, un juego de azar o una rifa deducirá los impuestos estatales sobre la renta, de conformidad con la sección 422.16 , subsección 1, de un premio en efectivo otorgado a un individuo. Una cantidad deducida del premio para el pago de un impuesto estatal se remitirá al departamento de ingresos en nombre del ganador del premio.